Contexto y emisión de la Resolución
La Resolución 000373 de 2025 fue expedida por la Dirección General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), entidad pública descentralizada vinculada al Ministerio de Educación Nacional. Este acto administrativo corrige un error formal detectado en la Resolución 000154 del 9 de abril de 2024, que establecía la delegación de funciones del Director General en servidores públicos de niveles directivo y asesor, en particular en el Secretario General.
El Icfes, como empresa estatal de carácter social, tiene autonomía administrativa y personería jurídica, y su gestión se rige por principios constitucionales y legales que promueven la eficiencia, moralidad y transparencia en la función pública. La delegación de funciones es una herramienta administrativa reconocida para facilitar la gestión y optimizar el funcionamiento institucional.
Tema principal y destinatarios
El núcleo de la resolución es la corrección de un error de transcripción en el artículo 1° de la Resolución 000154 de 2024, que había dividido indebidamente en dos numerales funciones que originalmente debían integrarse en uno solo. La corrección se enfoca en la delegación de facultades para ordenar gastos, adelantar procesos contractuales y suscribir contratos, convenios o acuerdos de entendimiento, incluyendo aquellos realizados a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC).
El destinatario principal de esta resolución es el Secretario General del Icfes, quien recibe formalmente estas funciones delegadas para la gestión administrativa y contractual. Además, la resolución impacta a los servidores públicos de niveles directivo y asesor, así como a las dependencias internas que participan en la administración, supervisión y ejecución contractual.
Objetivo de la Resolución
El propósito de esta resolución es corregir un error formal sin alterar el sentido material ni la sustancia de las delegaciones conferidas anteriormente. Se busca reflejar con precisión la voluntad original de la Dirección General en la delegación de funciones, asegurando claridad y coherencia en el texto normativo para evitar interpretaciones erróneas.
Esta corrección se fundamenta en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, que permite corregir errores formales en actos administrativos en cualquier momento, siempre que no modifiquen el sentido material de la decisión ni creen, modifiquen o extingan derechos u obligaciones.
Principales decisiones y regulaciones corregidas
La corrección consiste en integrar dentro del numeral 1 del artículo 1° de la Resolución 000154 las competencias contractuales relacionadas con la Tienda Virtual del Estado Colombiano, que habían sido consignadas indebidamente en un numeral separado (numeral 3).
El texto corregido establece que el Secretario General tiene la facultad de ordenar el gasto, adelantar las fases precontractual, contractual y postcontractual, y suscribir contratos, convenios y acuerdos necesarios para el cumplimiento de la misión del Icfes, sin límite de cuantía. Dentro de esta delegación se incluyen explícitamente:
- Adquisiciones mediante Acuerdos Marco de Precios sin límite de cuantía.
- Compras a través de Grandes Superficies hasta por 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Se exceptúa la facultad para suscribir documentos relacionados con proyectos internacionales, que sigue siendo competencia exclusiva del Director General.
Además, se ajusta la numeración de los numerales subsiguientes del artículo 1° para mantener la coherencia interna y evitar duplicidades.
Entre otras funciones delegadas se encuentran:
- Impulsar la etapa precontractual, incluyendo suscripción de actos administrativos relacionados.
- Suscribir modificaciones, prórrogas y liquidaciones contractuales sin límite de cuantía.
- Expedir actos administrativos para ordenación del gasto y pago de obligaciones.
- Constituir y reglamentar cajas menores.
- Reconocer y tramitar pagos de providencias judiciales y conciliaciones extrajudiciales.
- Controlar la revisión y numeración de resoluciones emitidas por la entidad.
- Suscribir informes para entidades supervisoras como el Ministerio de Hacienda, el DNP y la DIAN.
- Conferir comisiones de servicio y ordenar pagos relacionados, con ciertas excepciones para cargos específicos.
- Ordenar pagos de nóminas y prestaciones sociales.
- Expedir certificaciones legales y tributarias.
- Firmar y presentar declaraciones tributarias.
Base legal y marco normativo
Esta corrección se fundamenta en un marco jurídico amplio que incluye:
- La Constitución Política de Colombia, especialmente el artículo 209 sobre la función administrativa.
- La Ley 489 de 1998, que regula la organización administrativa y la delegación de funciones.
- La Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), que permite corregir errores formales en actos administrativos.
- Decretos reglamentarios relacionados con la estructura y funcionamiento del Icfes.
- Normas específicas sobre contratación pública y uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano.
Impacto y relevancia de la corrección
La resolución asegura la seguridad jurídica y la coherencia interna de los actos administrativos del Icfes, garantizando que la delegación de funciones refleje de manera clara y fiel la voluntad institucional. Al corregir el error formal, evita posibles confusiones o interpretaciones erróneas que podrían afectar la operatividad y la responsabilidad en la gestión contractual y administrativa.
Esta precisión contribuye a la transparencia y eficiencia en el manejo de recursos públicos y en la ejecución de funciones misionales, aspectos de gran relevancia para una entidad que evalúa la calidad educativa en Colombia.
Vigencia
La Resolución 000373 de 2025 rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, el 13 de agosto de 2025, y debe ser comunicada y cumplida en todas las dependencias del Icfes.
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Para consultar el texto completo de la resolución, puede acceder al Diario Oficial No. 53.211 de 13 de agosto de 2025.