Contexto y Emisión del Decreto
El Decreto 0915 de 2025 fue emitido el 13 de agosto de 2025 y publicado en el Diario Oficial No. 53.212 el 14 de agosto de 2025. La norma fue expedida por el Ministerio de Igualdad y Equidad, en ejercicio de las facultades constitucionales del Presidente de la República y conforme a lo establecido en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998.
Este decreto modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entidad clave para la implementación de las políticas del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. La modificación responde a la necesidad de modernizar la infraestructura tecnológica del Instituto, mejorar su arquitectura funcional y crear condiciones laborales dignas y equitativas para su talento humano.
Objetivo y Relevancia del Decreto
El propósito principal del decreto es adecuar la planta de personal del ICBF para fortalecer las Defensorías y Comisarías de Familia, en cumplimiento con las disposiciones legales recientes que buscan consolidar el Sistema Nacional de Justicia Familiar. Este sistema está orientado a la atención, prevención, promoción y restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad dentro del ámbito familiar.
El decreto también atiende el mandato del Plan Nacional de Formalización del Empleo Público en Condiciones de Equidad, que promueve el acceso meritocrático al empleo público y el uso racional de la contratación por prestación de servicios, garantizando la permanencia y dignidad laboral de los funcionarios.
Medidas y Disposiciones Específicas
Entre las acciones concretas establecidas, el decreto ordena:
- La supresión de determinados empleos dentro de la planta de personal del ICBF que ya no se ajustan a las necesidades institucionales.
- La creación de nuevos empleos que permitan mejorar salarialmente a 208 cargos de Profesional Universitario, manteniendo o equiparando su nivel y funciones para fortalecer la capacidad operativa del Instituto.
- La garantía de derechos y garantías laborales para los empleados cuyos cargos sean suprimidos, conforme a la normativa vigente.
- La obligación del ICBF de adoptar las medidas administrativas y presupuestales necesarias para implementar las modificaciones, respetando las disponibilidades presupuestales de cada vigencia.
- La provisión de los nuevos empleos conforme a las reglas establecidas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, así como otras disposiciones aplicables.
- La distribución y ubicación del personal en función de la estructura, planes y necesidades del servicio, bajo la responsabilidad de la Directora del Instituto.
Ámbito de Aplicación y Entidades Afectadas
El decreto tiene aplicación a nivel nacional, abarcando a todos los funcionarios que conforman la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Afecta directamente a empleados de carrera administrativa, especialmente aquellos vinculados a cargos de Profesional Universitario que serán objeto de mejora salarial y reestructuración.
Asimismo, impacta a las Defensorías y Comisarías de Familia, actores fundamentales en la implementación del Sistema Nacional de Justicia Familiar, dado que su fortalecimiento institucional es uno de los fines últimos de esta modificación.
Excepciones y Consideraciones
El decreto no contempla excepciones explícitas a sus disposiciones, pero establece que la implementación deberá respetar las disponibilidades presupuestales de cada vigencia fiscal. Además, los servidores públicos continuarán desempeñando sus funciones y percibiendo sus remuneraciones habituales hasta la efectiva incorporación a los nuevos empleos o modificaciones.
Base Legal y Procedimiento
La expedición de este decreto se fundamenta en varias normas, entre ellas:
- El numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, que otorga facultades al Presidente para expedir decretos con fuerza de ley.
- El artículo 115 de la Ley 489 de 1998, que regula la organización administrativa del Estado.
- La Ley 2294 de 2023, que establece el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y el Plan Nacional de Formalización del Empleo Público en condiciones de equidad.
- La Ley 2126 de 2021, que regula la creación y funcionamiento de Comisarías de Familia.
- El artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, que regulan la planta de personal y el acceso al empleo público.
Previo a su expedición, el decreto contó con la aprobación técnica del Departamento Administrativo de la Función Pública y la viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, además del respaldo del Consejo Directivo del ICBF.
Vigencia y Modificaciones a Normatividad Previa
El Decreto 0915 de 2025 entró en vigencia al día siguiente de su publicación, es decir, el 15 de agosto de 2025. Modifica en lo pertinente los Decretos 1479 de 2017, 880 de 2020 y 2280 de 2023, que previamente regulaban la planta de personal del ICBF.
Implicaciones para la Ciudadanía y Funcionarios
Esta modificación refleja un esfuerzo por mejorar la estructura y funcionamiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mejorando las condiciones laborales de su personal y fortaleciendo la capacidad institucional para proteger los derechos de la infancia y la familia en Colombia.
La ciudadanía puede esperar un servicio más eficiente y efectivo en la atención a niños, niñas, adolescentes y familias, gracias a una entidad mejor estructurada y con talento humano adecuadamente remunerado y ubicado.
Por su parte, los funcionarios del ICBF están llamados a participar activamente en el proceso de transición y adaptación que implica esta reestructuración, garantizando la continuidad de sus funciones y el cumplimiento de los objetivos institucionales.
En suma, el Decreto 0915 de 2025 es un paso administrativo significativo para consolidar el Sistema Nacional de Justicia Familiar y para avanzar en la modernización y fortalecimiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, contribuyendo así al bienestar integral de las familias colombianas y al cumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.