Corte Suprema de Justicia resuelve conflicto de competencia en demanda de investigación de paternidad entre juzgados de familia de Valledupar y Maicao
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 16:18:9
Contexto y antecedentes del conflicto
El conflicto de competencia surgió entre dos juzgados de familia ubicados en diferentes circuitos judiciales: uno en Valledupar, Cesar, y otro en Maicao, Guajira. La controversia se originó a partir de una demanda de investigación de paternidad presentada contra los herederos determinados e indeterminados de una persona fallecida, cuya sucesión se tramita en el juzgado de Maicao.
La parte demandante atribuyó la competencia al juzgado de familia de Valledupar, fundamentando su petición en la naturaleza del proceso y en la vecindad del menor involucrado, quien tenía su domicilio en un municipio del Cesar. Sin embargo, el juzgado Segundo de Familia del Circuito de Valledupar rechazó la demanda por falta de competencia y señaló que, conforme al artículo 23 del Código General del Proceso, el juzgado competente era el Promiscuo de Familia de Maicao, donde se adelanta la sucesión del causante, en razón del fuero de atracción.
Por su parte, el juzgado de Maicao decidió no avocar conocimiento del asunto y promovió el conflicto negativo de competencia, con el argumento de que el proceso de filiación no está incluido dentro de los asuntos que por fuero de atracción deben conocer los jueces de sucesiones.
Fundamentos jurídicos de la decisión
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia analizó el caso a la luz de la litis sobre competencias establecidas en el artículo 23 del Código General del Proceso, que regula el fuero de atracción para el juez de la sucesión de mayor cuantía en trámite.
En primer lugar, la Corte recordó que el juez de la...
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