Contexto y antecedentes del caso
El auto fue proferido por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra una sentencia emitida por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. La sentencia original data del 22 de marzo de 2022 y fue notificada el 27 de marzo del mismo año, adquiriendo ejecutoria el 30 de marzo de 2022, dado que no procedía recurso ordinario alguno contra ella. El recurrente, quien actuó en calidad de demandante en el proceso de restitución de tierras, presentó inicialmente una demanda de sustentación para aclarar las causas fácticas y jurídicas que justificaban la revisión, en particular las primeras, sexta y séptima causales establecidas en el artículo 355 del Código General del Proceso. En respuesta a un auto del 11 de julio de 2025 que inadmitió su demanda por falta de fundamentación suficiente y documentación probatoria adecuada, el recurrente presentó un escrito de subsanación que, sin embargo, se limitó a reiterar los argumentos y documentos previamente expuestos. Fundamentos y motivación de la decisión
La Corte Suprema analizó de manera rigurosa tanto la oportunidad procesal como la pertinencia de los argumentos y pruebas presentados para sustentar la revisión. En primer lugar, estableció que el término para interponer el recurso extraordinario de revisión es de dos años contados desde la ejecutoria de la sentencia, conforme al artículo 356 del Código General del Proceso. En este caso, dicho término feneció el 30 de marzo...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles