Corte Suprema inadmite recurso de casación en caso de violencia intrafamiliar agravada
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 21:34:58
Providencia judicial en segunda instancia y casación
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en su calidad de máxima instancia judicial, se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de una ciudad del norte del país. Este tribunal, en segunda instancia, confirmó sin modificaciones el fallo de primera instancia proferido por un juzgado penal municipal, que condenó al acusado por el delito de violencia intrafamiliar agravada.
Antecedentes fácticos y procesales
Los hechos que originaron el proceso judicial se refieren a una relación de convivencia de siete años entre una pareja con una hija en común. En una noche de agosto de 2016, durante un encuentro en un establecimiento público, el acusado golpeó a su compañera sentimental tras una discusión motivada por una llamada telefónica con otra mujer. La víctima sufrió agresiones físicas, amenazas y maltrato psicológico a lo largo de la relación, hechos que finalmente denunciaron por temor a represalias y pérdida de la custodia de la menor.
La Fiscalía imputó formalmente al acusado en abril de 2018 por violencia intrafamiliar agravada, cargo que no aceptó. Tras el debido proceso, el juzgado penal municipal dictó sentencia en noviembre de 2024, imponiendo una pena de seis años de prisión y la inhabilitación para ejercer cargos públicos por igual periodo, concediéndole prisión domiciliaria y negando la suspensión condicional de la pena. El Tribunal Superior confirmó esta decisión en marzo de 2025.
Contra la sentencia de segunda instancia, la defensa presentó recurso de casación, alegando supuestas violaciones al debido proceso y errores en la valoración de la prueba.
Consideraciones de la Corte Suprema
La Corte Suprema evaluó los cargos presentados en el recurso de casación y encontró que la demanda no cumplía con los requisitos formales ni sustanciales exigidos para su trámite. En particular, el tribunal destacó que el recurrente no desarrolló de manera adecuada y concreta sus argumentos, limitándose a reiterar inconformidades sin fundamentación jurídica suficiente, lo que impide el ejercicio efectivo del control casacional.
Entre las presuntas vulneraciones al debido proceso, se señalaron la falta de oportunidad para presentar alegatos de conclusión, la negativa a recurrir decisiones procesales sobre prescripción de la acción penal y la ausencia de uso de la palabra por parte del Ministerio Público durante la audiencia. La Sala aclaró que ninguna de estas alegaciones fue acompañada de un análisis que demostrara cómo afectaron las garantías procesales del acusado ni la estructura del proceso, por lo que no constituyen nulidades ni vicios que ameriten la revisión en casación.
Respecto a la supuesta falta de motivación adecuada en la sentencia, el tribunal recordó que la casación examina la sentencia de segunda instancia en su conjunto, incluyendo la primera, y que el recurrente debía demostrar que el tribunal no subsanó los defectos señalados en la instancia inferior. Al no acreditar esta circunstancia, el cargo careció de fundamento.
En cuanto a la imputación de error en la valoración de la prueba que sustentó la agravante punitiva por tratarse de una víctima mujer, la Corte señaló que el recurrente no precisó el tipo ni la especie del error probatorio alegado, requisito indispensable en sede casacional. Además, la Sala resaltó que los jueces de instancia fundamentaron adecuadamente la aplicación de la agravante, basándose en los testimonios y pruebas que evidenciaron un patrón sistemático de violencia y dominación durante la convivencia.
Finalmente, la Corte reafirmó la presunción de legalidad y corrección material de las decisiones de instancia y concluyó que el recurso de casación presentado no cumplía con los estándares mínimos para su admisión.
Decisión y efectos
En virtud de lo anterior, la Sala de Casación Penal decidió inadmitir el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que condenó por violencia intrafamiliar agravada. Esta decisión confirma la validez del procedimiento seguido y la firmeza del fallo condenatorio.
Contra esta inadmisión procede el mecanismo de insistencia previsto en la Ley 906 de 2004, que permite a la parte recurrente solicitar la revisión de la decisión de inadmisión bajo ciertos requisitos.
Esta providencia resalta la importancia de respetar los requisitos formales y materiales en la interposición de recursos casacionales y reafirma los criterios jurisprudenciales sobre la valoración probatoria en casos de violencia intrafamiliar, consolidando la protección judicial a las víctimas en este ámbito.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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