La Corte Suprema de Justicia declara nulidad en trámite de tutela por falta de competencia en primera instancia
Proviene de: Sentencias
15 de agosto de 2025 21:53:0
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia emitió un auto el 3 de julio de 2025, mediante el cual declaró la nulidad de todo lo actuado a partir del auto admisorio de una acción de tutela interpuesta para garantizar derechos fundamentales relacionados con la salud y el debido proceso. La controversia surgió en torno a la impugnación de una sentencia previa y el trámite de un incidente de desacato contra una entidad promotora de salud y una IPS que incumplieron una orden judicial para entregar una alimentación especializada prescrita a la accionante.
Antecedentes fácticos y procesales
La accionante inició una acción de tutela en noviembre de 2024 para obtener el suministro de una alimentación médica especializada, la cual fue ordenada por un juzgado laboral de Bogotá tras comprobar la vulneración de sus derechos fundamentales a la salud, la vida y la integridad física. Posteriormente, ante el incumplimiento de dicha orden, se abrió un incidente de desacato contra los responsables de la entidad promotora de salud y la IPS.
El juzgado de primera instancia realizó varios requerimientos para asegurar el cumplimiento, y al no obtener respuesta efectiva, impuso sanciones con pena de arresto y multa. Sin embargo, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, en calidad de instancia de consulta, declaró la nulidad de lo actuado desde el primer requerimiento del incidente por fallas en la notificación, y ordenó continuar el trámite.
El juzgado, en un auto posterior, optó por abstenerse de iniciar nuevamente el incidente de desacato argumentando que las entidades hicieron esfuerzos razonables para cumplir la orden. Esta decisión fue apelada por la accionante, pero rechazada por el mismo juzgado, que sostuvo que no procedían recursos ordinarios en el trámite del incidente de desacato, salvo la consulta al Tribunal Superior.
Ante esta situación, la accionante interpuso una nueva acción de tutela contra el juzgado de primera instancia y la Sala Laboral del Tribunal Superior, alegando que se vulneraban sus derechos al no materializarse la protección concedida inicialmente.
Consideraciones de la Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema recordó que la acción de tutela es un mecanismo preferente para la protección inmediata de derechos constitucionales fundamentales, pero está sujeta a las garantías del debido proceso establecidas en el artículo 29 de la Constitución Política.
En ese sentido, enfatizó que el Decreto 1069 de 2015 y sus modificaciones regulan el reparto de las acciones de tutela contra autoridades judiciales, estableciendo que estas deben ser conocidas en primera instancia por el superior funcional de la autoridad accionada.
En el caso analizado, la Corte concluyó que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, al tramitar la acción de tutela en primera instancia, actuó como juez y parte, violando las reglas procesales de reparto y el debido proceso. Por ello, declaró la nulidad de todas las actuaciones desde el auto admisorio de mayo de 2025.
Se ordenó remitir el expediente a la Secretaría de la Sala de Casación Laboral para que se realice el reparto correspondiente y la acción sea conocida por el magistrado competente, quien deberá continuar el trámite conforme a derecho.
La Corte también indicó que las pruebas recaudadas conservarán su validez conforme al artículo 138 del Código General del Proceso.
Implicaciones procesales
Esta decisión reafirma la importancia de respetar las reglas de competencia y reparto en el trámite de acciones constitucionales, especialmente en procedimientos especiales como la tutela y el incidente de desacato. La sentencia destaca que, aun en procesos sumarios y preferentes, se deben garantizar las garantías procesales y evitar conflictos de intereses que puedan afectar la imparcialidad judicial.
Asimismo, el auto resalta que la adecuada notificación y el respeto a la cadena de mando en las entidades involucradas son esenciales para la efectividad de las órdenes judiciales y la protección real de los derechos fundamentales.
Conclusión
El auto de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia constituye un pronunciamiento relevante sobre la correcta asignación de competencia en acciones de tutela contra autoridades judiciales y el respeto al debido proceso en procedimientos constitucionales especiales. La declaración de nulidad y la orden de remitir el expediente para su correcto reparto buscan garantizar la imparcialidad y la efectividad en la protección de los derechos fundamentales, en particular el derecho a la salud y al debido proceso.
Con esta decisión, la Corte Suprema reafirma su compromiso con la justicia y el respeto a las garantías procesales, estableciendo un precedente que fortalecerá la confianza en el sistema judicial y asegurará una protección más efectiva y legítima de los derechos fundamentales en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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