Contexto y entidades emisoras de la resolución
La Resolución 40346 de 2025 fue emitida conjuntamente por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía el 12 de agosto de 2025, y fue publicada en el Diario Oficial No. 53.214 el 16 de agosto del mismo año. Esta norma se enmarca dentro de las facultades legales conferidas a estas entidades para regular aspectos relacionados con la distribución y comercialización de combustibles líquidos derivados del petróleo, especialmente en zonas que cuentan con un régimen especial, como las zonas de frontera.
Objeto y ámbito de aplicación
El tema principal de la resolución es la fijación de las proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor de la gasolina motor corriente y del ACPM que se distribuyen en los municipios reconocidos oficialmente como zonas de frontera. Este ajuste incide directamente en la estructura de precios de estos combustibles en dichas regiones, que cuentan con beneficios económicos y tributarios especiales. La resolución entra en vigencia a partir del 17 de agosto de 2025 y deroga disposiciones previas al respecto.
Los destinatarios principales de esta regulación son los productores y distribuidores de combustibles en los municipios fronterizos, así como las autoridades regionales encargadas de supervisar la cadena de distribución. Además, dado que las zonas de frontera tienen particularidades económicas, sociales y de seguridad, esta regulación busca garantizar un marco claro y ajustado para la comercialización de combustibles en estos territorios.
Finalidad y objetivos de la resolución
La finalidad esencial de la resolución es establecer una metodología actualizada para calcular el ingreso al productor de los combustibles fósiles en las zonas de frontera, ajustando las estructuras de precios para responder a las condiciones específicas de estas regiones. Esto se realiza con el fin de mantener un equilibrio en la cadena de suministro, garantizar la sostenibilidad económica de los productores y preservar los beneficios tributarios previstos para las zonas de frontera, en línea con la legislación vigente.
Decisiones y regulaciones contenidas
Entre las principales disposiciones, la resolución establece:
- Las proporcionalidades que deben aplicarse para el cálculo del ingreso al productor de gasolina motor corriente y ACPM en los municipios declarados como zonas de frontera, de acuerdo con la delimitación establecida en decretos nacionales.
- La exclusión de estas proporcionalidades sobre la parte correspondiente a biocombustibles que puedan contener las mezclas de gasolina o ACPM, aplicándose únicamente al combustible fósil.
- La vigencia de esta normativa desde el 17 de agosto de 2025, derogando expresamente la Resolución 40311 de 7 de julio de 2025, que contenía disposiciones anteriores sobre el mismo tema.
Este marco normativo permite una regulación diferenciada y adaptada a las condiciones especiales de las zonas de frontera, en línea con las políticas públicas destinadas a fomentar el desarrollo económico y social en estas áreas.
Fundamento legal
La resolución se fundamenta en diversas normas vigentes que otorgan competencias a los ministerios emisores para regular precios y márgenes en el mercado de combustibles, entre ellas:
- El artículo 1° de la Ley 26 de 1989, que faculta al Gobierno para determinar precios y otros aspectos relacionados con combustibles líquidos derivados del petróleo.
- El artículo 2° de la Ley 191 de 1995, que establece la orientación estatal para el desarrollo económico de las zonas de frontera mediante regímenes especiales.
- El artículo 9° de la Ley 1430 de 2010 y sus modificaciones, que regulan la distribución de combustibles en zonas de frontera, incluyendo exenciones tributarias.
- El artículo 35 de la Ley 1955 de 2019, modificado por la Ley 2294 de 2023, que asigna a los Ministerios de Hacienda y Minas y Energía la responsabilidad de establecer la metodología para calcular el ingreso al productor y las tarifas asociadas al mercado regulado de combustibles.
- El artículo 6° de la Ley 2135 de 2021, que establece el régimen de precios y beneficios económicos aplicables en zonas de frontera.
- Decretos reglamentarios como el 1068 de 2015 y el 931 de 2023, que definen la delimitación territorial y los criterios para la aplicación de beneficios en zonas de frontera.
Modificaciones y derogatorias
La resolución modifica las proporcionalidades establecidas en la Resolución 40311 de 7 de julio de 2025, adaptando los cálculos del ingreso al productor conforme a las nuevas condiciones y conceptos técnicos favorables emitidos por el Viceministerio Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Esta actualización responde a la necesidad de mantener la coherencia normativa y la efectividad de las políticas públicas en las zonas de frontera.
Plazos y vigencia
La norma establece que su vigencia comienza el 17 de agosto de 2025, fecha a partir de la cual las nuevas proporcionalidades deberán ser aplicadas en el cálculo de los precios de la gasolina motor corriente y del ACPM distribuidos en los municipios fronterizos. Además, dispone la publicación oficial de la resolución para su conocimiento y cumplimiento general.
Impacto potencial
Esta regulación tiene un impacto directo en la estructura de precios de los combustibles en zonas de frontera, regiones que por sus características geográficas y socioeconómicas requieren un tratamiento especial. Al ajustar las proporcionalidades para el ingreso al productor, se busca equilibrar la cadena de valor de los combustibles fósiles, favorecer la sostenibilidad económica de los proveedores y preservar los beneficios tributarios destinados a impulsar el desarrollo regional.
Además, la resolución contribuye a la transparencia y predictibilidad en la fijación de precios, aspectos clave para los actores del sector energético y para los consumidores en estas zonas, quienes pueden verse beneficiados por una regulación específica que atienda sus necesidades particulares.
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Para consultar el texto completo de la Resolución 40346 de 2025, puede acceder al Diario Oficial No. 53.214, publicado el 16 de agosto de 2025.