Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La
Resolución 20253040030505 de 2025 fue expedida el 4 de agosto de 2025 por el
Ministerio de Transporte y publicada en el Diario Oficial No. 53.217, con fecha 19 de agosto de 2025. Esta norma responde a peticiones y estudios realizados durante el primer semestre del año en curso, en el marco de la gestión administrativa del Ministerio y el Instituto Nacional de Vías (Invías).
Tema principal y destinatarios
El asunto central de la resolución es el
establecimiento de tarifas diferenciales para las categorías IE y IIE de vehículos —que incluyen automóviles, camperos, camionetas, microbuses y buses con ejes específicos— en la estación de peaje denominada Arcabuco, ubicada en la vía Barbosa-Tunja, en el departamento de Boyacá. Los destinatarios principales son los residentes, trabajadores y comerciantes de los municipios de Arcabuco y Moniquirá, quienes realizan desplazamientos frecuentes por esta vía y se han visto afectados por las tarifas vigentes.
Este grupo es relevante porque las actividades económicas de la región, especialmente agrícolas y comerciales, dependen de la movilidad por este corredor vial, y las tarifas actuales representaban un impacto económico considerable para los usuarios locales.
Objetivo y finalidad de la resolución
La resolución tiene como finalidad principal
atender una solicitud social y técnica para implementar tarifas diferenciales que mitiguen el impacto económico en las comunidades del sector de influencia del peaje Arcabuco. Busca establecer una medida equitativa, basada en estudios socioeconómicos y en el marco normativo vigente, para beneficiar a usuarios frecuentes sin afectar la sostenibilidad financiera del sistema vial concesionado.
Se trata de una regulación que, más que decidir un caso particular, establece una regla general aplicable a un grupo específico de usuarios, garantizando la proporcionalidad en el cobro por uso de infraestructura pública.
Principales decisiones y regulaciones
La resolución establece que para la vigencia 2025 las tarifas diferenciales para las categorías IE y IIE en la estación de peaje Arcabuco serán de
$5.100 pesos colombianos. Este valor representa el 40% de la tarifa plena vigente para la categoría I, fijada en $12.000 pesos según la Resolución número 22 del 13 de enero de 2025.
Además, se determina que:
- Estas tarifas beneficiarán a quienes residan, trabajen o desarrollen actividades comerciales en los municipios de Arcabuco y Moniquirá.
- El Instituto Nacional de Vías será responsable de fijar los requisitos, procedimientos y mecanismos para acreditar la calidad de beneficiario, así como las causales de pérdida del beneficio.
- Las tarifas incluyen el valor correspondiente al Fondo de Seguridad Vial (Fosevi), destinado a programas de seguridad y vías inteligentes.
- Las tarifas diferenciales estarán sujetas a incrementos futuros conforme a disposiciones nacionales.
- El impacto económico generado al concesionario responsable de la operación y recaudo del peaje será compensado mediante mecanismos contractuales previstos para garantizar la estabilidad financiera del concesionario.
Base legal y normativas relevantes
La resolución se fundamenta principalmente en:
- Artículo 21 de la Ley 105 de 1993, que regula la fijación y cobro de peajes en infraestructura de transporte a cargo de la Nación, estableciendo principios como la proporcionalidad, equidad fiscal y exclusiones específicas.
- Ley 787 de 2002, que modifica parcialmente la Ley 105.
- Decreto número 087 de 2011, que determina funciones del Ministerio de Transporte.
- Decreto número 1292 de 2021, que regula las funciones del Instituto Nacional de Vías.
- Resoluciones previas del Ministerio de Transporte, como la 008100 de 2001 y la 228 de 2013, que fijaron las tarifas y sectores de influencia para las estaciones de peaje a cargo del Invías.
- Contratos de concesión vigentes, especialmente el Contrato número 1702 de 2021 con la Unión Temporal Peajes Nacionales.
Modificaciones y antecedentes
La resolución actual no revoca sino que complementa y modifica el esquema tarifario vigente para la estación de peaje Arcabuco. Anteriormente, las tarifas para esta estación no contemplaban beneficios diferenciales para las comunidades locales dentro de su sector de influencia.
Dicha omisión generó protestas sociales que incluyeron la toma temporal del peaje en enero de 2025. En respuesta, se realizaron mesas de diálogo y estudios técnicos que culminaron en la adopción de la presente medida tarifaria diferencial.
Plazos y vigencia
La resolución entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial y aplica para la vigencia 2025, con la posibilidad de ajustes conforme a futuras disposiciones del Gobierno Nacional.
Impacto potencial
La implementación de tarifas diferenciales en el peaje Arcabuco representa un avance significativo en la atención de demandas sociales relacionadas con la equidad fiscal y la proporcionalidad en el uso de infraestructura pública.
Se espera que esta medida contribuya a mitigar el impacto económico en las comunidades de Arcabuco y Moniquirá, favoreciendo la movilidad y la actividad productiva regional, a la vez que se mantiene el equilibrio financiero del sistema de concesiones viales mediante mecanismos de compensación contractual.
El caso también ejemplifica cómo la participación ciudadana, canalizada a través de mecanismos legales y administrativos, puede influir en la regulación tarifaria del sector transporte, promoviendo soluciones ajustadas a las realidades locales y los principios constitucionales.
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Para consultar el texto completo de la resolución, puede accederse al Diario Oficial No. 53.217 de 19 de agosto de 2025 o a los portales oficiales del Ministerio de Transporte e Instituto Nacional de Vías.