Contexto y emisión de la resolución
La Resolución 01709 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.217 el 19 de agosto de 2025, fue expedida por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, especialmente conforme a la Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios. Esta entidad es la encargada de coordinar las políticas de atención, asistencia y reparación a las víctimas del conflicto armado interno en Colombia.
Objeto y destinatarios del protocolo
El propósito central de esta resolución es adoptar un nuevo Protocolo de Participación Efectiva para las víctimas del conflicto armado interno que pertenecen al pueblo Rrom o Gitano. El protocolo se dirige específicamente a esta comunidad étnica, reconociendo su identidad cultural, histórica y social, así como su condición de víctimas de hechos derivados del conflicto armado desde 1985.
Este instrumento normativo se enfoca en garantizar que las víctimas Rrom o Gitanas puedan participar en igualdad de condiciones y de manera efectiva en los espacios de diálogo, diseño, implementación, evaluación y seguimiento de la política pública de víctimas, respetando sus usos, costumbres y sistemas propios de autogobierno.
Principales disposiciones y estructura del protocolo
El protocolo establece definiciones claras sobre los conceptos relevantes, como
víctimas,
participación efectiva,
Kumpanía (estructura organizativa del pueblo Rrom), además de reconocer el
Zakono Romanó como el marco cultural e identitario que debe guiar la participación.
Entre los aspectos más relevantes, se destacan:
- Espacios de participación: Incluye mesas de participación a nivel municipal, departamental, distrital y nacional, comités territoriales de justicia transicional, comisiones de seguimiento y subcomités técnicos, donde los delegados del pueblo Rrom o Gitano tienen asiento y voz.
- Requisitos para representantes: Para ser delegado se requiere inscripción en el Registro Único de Víctimas, designación formal por la Comisión Nacional de Diálogo o las Kumpanias, certificación del Ministerio del Interior y no tener antecedentes penales o disciplinarios, salvo excepciones.
- Funciones de los delegados: Participar activamente en la formulación y seguimiento de políticas públicas, informar a sus organizaciones, ejercer veeduría sobre la ejecución de las normas y promover el conocimiento de derechos entre las víctimas.
- Principios rectores: Enfoque diferencial e interseccional, respeto por la justicia propia (Kriss Romaní), garantía de protección, respeto a la autonomía e identidad cultural, igualdad y equidad. Estos principios buscan asegurar que la participación sea auténtica y culturalmente adecuada.
- Garantías e incentivos: La entidad responsable y el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas deben proveer las condiciones técnicas, logísticas y económicas necesarias para facilitar la participación, incluyendo transporte, apoyo compensatorio, estadía, asistencia técnica y apoyo especial para mujeres víctimas y personas con discapacidad.
Fundamentos legales y normativos
El protocolo se fundamenta en normas constitucionales colombianas que garantizan la participación ciudadana y la protección de la diversidad étnica y cultural, como los artículos 2°, 7°, 8°, 13°, 40 y 43 de la Constitución Política. Además, se sustenta en instrumentos internacionales ratificados por Colombia, como el Convenio 169 de la OIT, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará.
Asimismo, la resolución se apoya en la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y Restitución de Tierras) y sus decretos reglamentarios, que establecen el marco para la atención integral a las víctimas del conflicto armado interno.
Modificación normativa y vigencia
Esta resolución deroga expresamente la Resolución 680 de 2015, con la finalidad de actualizar y ampliar el marco de participación para el pueblo Rrom o Gitano, adaptándolo a las exigencias actuales y al reconocimiento pleno de sus derechos culturales y políticos.
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación y establece plazos claros para la designación de delegados en los diferentes niveles territoriales, procurando una representación adecuada y oportuna.
Impacto potencial y relevancia social
El nuevo protocolo representa un avance significativo en la inclusión y reconocimiento de las víctimas del pueblo Rrom o Gitano dentro de la política pública de víctimas. Al garantizar una participación efectiva y culturalmente respetuosa, se busca fortalecer el ejercicio de derechos, la incidencia política y la reparación integral de este grupo históricamente marginado y afectado por el conflicto armado.
Además, el enfoque diferencial e interseccional promueve la igualdad y la equidad, atendiendo a las particularidades de género, cultura y condición social, lo que puede mejorar la calidad y pertinencia de las políticas públicas dirigidas a estas víctimas.
Finalmente, el protocolo contribuye a consolidar mecanismos de diálogo y concertación entre el Estado y el pueblo Rrom o Gitano, lo cual es fundamental para la construcción de paz y reconciliación en Colombia.
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Para consultar el texto completo de la Resolución 01709 de 2025, puede acceder al Diario Oficial No. 53.217 del 19 de agosto de 2025 o a la página web oficial de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.