Consejo de Estado remite tutela contra el INPEC por competencia territorial en Bogotá
Proviene de: Sentencias
21 de agosto de 2025 12:45:48
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de última instancia en materia contencioso administrativa, emitió un auto el 5 de agosto de 2025, en el marco de una acción de tutela presentada contra el INPEC y una entidad penitenciaria de Bogotá. La acción fue promovida por un particular que alegó la vulneración de su derecho fundamental de petición, al no recibir respuesta a solicitudes de información realizadas a la Oficina Jurídica de la cárcel.
El auto no entra al fondo del asunto, sino que resuelve un aspecto procesal fundamental: la competencia para conocer la acción de tutela. Por ello, se trata de una providencia que ordena remitir el proceso a la jurisdicción adecuada para su trámite, lo que garantiza el respeto a las reglas de competencia territorial y material previstas en la ley.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante presentó una acción de tutela contra el INPEC y la Oficina Jurídica de la Cárcel y Penitenciaría de Medida de Seguridad de Bogotá, conocida como La Modelo, solicitando que se le suministrara la información requerida en múltiples solicitudes previas. La presunta vulneración del derecho fundamental de petición constituyó el motivo principal de la demanda.
Al revisar el caso, el Consejo de Estado tuvo en cuenta las reglas de reparto de la acción de tutela establecidas en el Decreto 1069 de 2015 y sus modificaciones posteriores, especialmente el Decreto 799 de 2023. Estas disposiciones determinan que las acciones de tutela contra autoridades o entidades públicas del orden nacional deben ser conocidas en primera instancia por los jueces del circuito o con igual categoría, en el lugar donde ocurrió la violación o amenaza del derecho.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
En primer lugar, el tribunal explicó que, conforme al artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, la competencia para conocer de la acción de tutela corresponde a los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde se produjo la vulneración o amenaza que motivó la solicitud.
La Corte Constitucional ha aclarado que el sitio de ocurrencia de la vulneración no siempre coincide con la sede administrativa del ente demandado. Por lo tanto, no basta con que la entidad tenga su domicilio en un lugar específico, sino que debe considerarse el territorio donde se manifestaron los efectos de la posible vulneración.
En este caso, el Consejo de Estado constató que el lugar donde se produjo la presunta violación del derecho fundamental fue el Distrito de Bogotá, y que la entidad demandada es de orden nacional. En consecuencia, la competencia para conocer la tutela corresponde a los jueces del circuito de Bogotá.
Con base en lo anterior, la Sala dispuso remitir la acción de tutela, con carácter inmediato, a la oficina de apoyo judicial de los juzgados del circuito de Bogotá para que realicen el reparto correspondiente. Además, ordenó que se comunique al demandante esta decisión por el medio más expedito.
Implicaciones y relevancia de la providencia
Este auto del Consejo de Estado reafirma la importancia de respetar las reglas de competencia territorial y material en el trámite de las acciones de tutela, especialmente cuando involucran a entidades del orden nacional y derechos fundamentales. La providencia destaca que la competencia para conocer de estas acciones no se determina únicamente por la sede administrativa de la entidad demandada, sino por el lugar donde se produce la vulneración o sus efectos.
De esta forma, se garantiza un acceso efectivo a la justicia y una adecuada administración del proceso judicial, evitando dilaciones y posibles inconvenientes procesales derivados de la incompetencia territorial. Esta decisión también pone de relieve el papel del Consejo de Estado como garante del correcto ejercicio de la función jurisdiccional en el ámbito contencioso administrativo.
En suma, el auto emitido contribuye a clarificar y aplicar con rigor los criterios normativos y jurisprudenciales sobre competencia en las acciones de tutela contra autoridades del orden nacional, en beneficio tanto de los ciudadanos como de las entidades públicas involucradas, fortaleciendo la protección de los derechos fundamentales y la eficacia del sistema judicial en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado remite tutela contra el INPEC por competencia territorial en Bogotá