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Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establece procedimiento para el Certificado de Reembolso Tributario (CERT) en exportaciones

Proviene de: Resoluciones

27 de agosto de 2025 19:33:49

Entidad emisora y contexto legal

La Resolución 212 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.224 el 26 de agosto de 2025, fue expedida por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Esta entidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto Ley 210 de 2003 modificado por el Decreto 1289 de 2015, tiene la responsabilidad de desarrollar, controlar y vigilar la política de comercio exterior en materia de trámites, procedimientos y promoción de exportaciones. La resolución responde a la necesidad de reglamentar el procedimiento para el reconocimiento del Certificado de Reembolso Tributario (CERT), conforme a lo establecido en el Decreto 0566 del 28 de mayo de 2025, que regula este instrumento para exportaciones de bienes y servicios incluidos en el Arancel de Aduanas.

Objeto y destinatarios de la resolución

El principal propósito de esta resolución es establecer un procedimiento claro, ágil y eficaz para que los exportadores de bienes y servicios puedan acceder al CERT, un beneficio tributario que busca incentivar las exportaciones. El destinatario principal son los exportadores colombianos de bienes y servicios, así como los intermediarios del mercado cambiario autorizados, quienes podrán presentar solicitudes en nombre de los exportadores. Este grupo es fundamental para asegurar la correcta aplicación y seguimiento del procedimiento, dado que intervienen en la gestión y verificación de las operaciones cambiarias relacionadas con las exportaciones.

Procedimiento y requisitos para el reconocimiento del CERT

La resolución detalla que las solicitudes para el reconocimiento del CERT deben presentarse de manera electrónica a través de un aplicativo dispuesto por...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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