Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución 100-009156 de 2025 fue expedida por la Superintendencia de Sociedades el 25 de agosto de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.224 el 26 de agosto de ese mismo año. Esta norma regula la tarifa de la contribución que deben pagar las sociedades sujetas a la vigilancia o control de dicha entidad durante el año fiscal 2025, en cumplimiento del marco legal establecido principalmente en la Ley 1429 de 2010 y la Ley 1116 de 2006, así como en decretos reglamentarios sobre el presupuesto nacional.
Tema principal y destinatarios
La resolución tiene como finalidad establecer la tarifa aplicable para la contribución que financia el funcionamiento e inversión de la Superintendencia de Sociedades. Este cobro afecta a todas las sociedades vigiladas o controladas por la entidad, incluidas aquellas en diferentes estados como activas, en reorganización empresarial, en acuerdo de reestructuración, en concordato o en proceso de liquidación judicial o voluntaria. El grupo destinatario es, por tanto, amplio dentro del sector empresarial colombiano, abarcando un espectro relevante para el control y supervisión de la economía real.
Objetivo de la resolución
El propósito central de la resolución es definir el monto que las sociedades deberán aportar a la Superintendencia para cubrir sus gastos operativos en 2025. Esta contribución es fundamental para asegurar el sostenimiento financiero de la entidad que supervisa a las sociedades comerciales, garantizando que pueda cumplir con sus funciones de control y regulación del sector empresarial.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece dos tarifas diferenciadas:
- Para sociedades activas: una tarifa de once noventa y cuatro centavos ($0,1194 COP) por cada mil pesos de activos totales registrados al 31 de diciembre del año anterior.
- Para sociedades en reorganización, acuerdo de reestructuración, concordato o liquidación judicial y voluntaria: una tarifa fija de 123,23 Unidades de Valor Básico (UVB) para 2025, que equivale a un millón cuatrocientos veintitrés mil quinientos pesos colombianos ($1.423.500 COP).
Además, se establece que la contribución no podrá exceder el 1% del total de las contribuciones recaudadas ni ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente (equivalente a las 123,23 UVB mencionadas).
El pago debe realizarse dentro de los 20 días calendario siguientes a la expedición de la cuenta de cobro. En caso de incumplimiento, se aplicarán intereses de mora conforme a la legislación tributaria vigente, y la entidad podrá iniciar procesos de cobro persuasivo y coactivo para garantizar el cumplimiento.
Fundamentos legales y presupuestales
La resolución se fundamenta en el artículo 44 de la Ley 1429 de 2010, que regula las contribuciones para cubrir los gastos de la Superintendencia, y en el artículo 7, numeral 24, del Decreto 1736 de 2020 modificado por el Decreto 1380 de 2021, que atribuye a la Superintendencia la facultad de fijar y recaudar dichas contribuciones. Asimismo, se toma en cuenta el presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2025, contenido en los Decretos 1523 y 1621 de 2024, que asignan recursos específicos para la entidad, y la distribución interna de partidas realizada por la Secretaría General de la Superintendencia mediante la Resolución 500-007132 de 2025.
Modificaciones y vigencia
La resolución no modifica ni revoca expresamente normas previas, sino que establece la tarifa y condiciones específicas para el año 2025, en continuidad con el marco legal vigente y las prácticas administrativas anteriores. Su aplicación es inmediata a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Impacto potencial
Esta resolución tiene un impacto directo en las sociedades sujetas a vigilancia o control, pues define la obligación económica que deben cumplir para contribuir al financiamiento de la Superintendencia. La diferenciación de tarifas según la situación legal o financiera de las sociedades resulta relevante para adaptar la carga contributiva a realidades empresariales diversas, especialmente para aquellas en procesos especiales como reorganización o liquidación. Por otro lado, la norma refuerza los mecanismos de cobro y sanción, incentivando la puntualidad en el cumplimiento de esta obligación.
En términos más amplios, esta contribución es esencial para que la Superintendencia de Sociedades mantenga sus funciones de supervisión, control y apoyo al sector empresarial, lo que a su vez contribuye a la estabilidad y formalización del mercado en Colombia.