Consejo de Estado confirma negativa de indemnización por incumplimiento en acuerdo de reestructuración empresarial
Proviene de: Sentencias
28 de agosto de 2025 16:38:48
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de segunda instancia, emitió una sentencia relacionada con un proceso de reparación directa iniciado por una sociedad local contra el municipio de Girardot. La demanda buscaba el reconocimiento de perjuicios ocasionados por el incumplimiento del municipio en un acuerdo de reestructuración empresarial amparado por la Ley 550 de 1999, norma que regula los procesos de intervención económica y acuerdos de reestructuración para empresas en crisis. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones, decisión que fue apelada por la parte demandante y revisada por el Consejo de Estado.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante celebró un acuerdo de reestructuración empresarial en agosto de 2001 con sus acreedores, entre ellos el municipio de Girardot, quien reconoció una deuda tributaria por impuesto predial sobre varios inmuebles propiedad de la sociedad. El acuerdo establecía que con la venta de dichos inmuebles se constituiría un encargo fiduciario para garantizar obligaciones laborales y tributarias, y que el municipio se comprometía a expedir el certificado de paz y salvo predial necesario para la transferencia de propiedad.
Sin embargo, el municipio se negó a entregar dicho certificado argumentando que solo podía expedirlo una vez recibido el pago efectivo del impuesto, conforme al artículo 803 del Estatuto Tributario. Esta negativa impidió la constitución de la fiducia y la venta de los inmuebles. Ante esta situación, la sociedad presentó una demanda ante la Superintendencia de Sociedades, que en un proceso verbal sumario declaró el incumplimiento del municipio en febrero...
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