Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Ley Sarita (Ley 2541 de 2025): Modificaciones al Proceso Ejecutivo de Alimentos para Niños, Niñas y Adolescentes

Proviene de: Leyes

1 de septiembre de 2025 12:11:43

Propósito y Contexto de la Ley

La "Ley Sarita" surge para atender la necesidad de garantizar un acceso rápido y efectivo a los recursos económicos destinados al sustento de menores de edad. Su ámbito de aplicación es estrictamente jurídico, centrándose en reformar el procedimiento ejecutivo de alimentos. La ley modifica los artículos 397 y 447 del Código General del Proceso y adiciona un nuevo artículo, el 397A, para agilizar el cobro de las cuotas alimentarias adeudadas.

Principales Disposiciones y Modificaciones

La ley establece cambios significativos en la regulación de los procesos de alimentos. A continuación, se detallan las disposiciones más relevantes:

Modificaciones al Artículo 397 del Código General del Proceso

Se elimina el parágrafo 2° del artículo 397, que originalmente regulaba aspectos específicos del proceso de alimentos a favor de menores, para dar paso a una nueva normativa especializada. El resto del artículo, que rige los alimentos para mayores de edad, se mantiene con reglas como la fijación de alimentos provisionales desde la presentación de la demanda.

Adición del Artículo 397A: Proceso de Alimentos para Menores

Se introduce el artículo 397A, que establece un procedimiento especial para los alimentos de niños, niñas y adolescentes. Los puntos clave son:
  • Legitimación: Pueden iniciar el proceso los representantes del menor, quien lo tenga a su cuidado, el Ministerio Público y el Defensor de Familia.
  • Normativa Aplicable: Se remite a la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) y normas complementarias.
  • Entrega Anticipada: En casos donde no haya oposición del demandado, el juez ordenará la entrega anticipada de los...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Civil

No se encontraron sugerencias