Consejo de Estado analiza solicitud de medida cautelar en elección del Director General de CORALINA
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 11:38:54
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia para conocer y decidir sobre medios de control de nulidad conforme a los artículos 125 y 234 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El auto responde a la solicitud de medida cautelar de urgencia presentada en un proceso de nulidad contra dos acuerdos expedidos por el Consejo Directivo de CORALINA relacionados con el procedimiento de elección del Director General para el periodo institucional 2024-2027.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda cuestiona la validez del Acuerdo 004 de agosto de 2023 y su modificación mediante el Acuerdo 007 de agosto de 2024, ambos regulando la elección del Director General de CORALINA. El demandante alegó vulneraciones al principio de publicidad, dado que la convocatoria se publicó con un plazo reducido y de forma extemporánea, y denunció irregularidades en la etapa de inscripciones. Además, se señaló la falta de trámite a una recusación presentada, la integración incompleta del Consejo Directivo por la desierta elección de un representante y la omisión en la traducción de documentos, afectando los derechos de minorías y comunidades étnicas.
En ese contexto, se solicitó la adopción de una medida cautelar previa que suspendiera provisionalmente todo trámite relacionado con el proceso electoral, con base en presuntas violaciones constitucionales y legales que, según el demandante, vician el proceso.
Consideraciones sobre la medida cautelar
El Consejo de Estado recordó que la Constitución Política, en su artículo 238, faculta a la jurisdicción contencioso administrativa para suspender provisionalmente...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.