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Tribunal Administrativo de Cundinamarca dirime conflicto de competencia sobre nulidad parcial de acto administrativo pensional

Proviene de: Sentencias

3 de septiembre de 2025 13:42:42

Contexto y naturaleza de la decisión

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Sala Plena y en ejercicio de su competencia para dirimir conflictos entre jueces administrativos del mismo distrito judicial, emitió un auto para resolver un conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado 19 Administrativo del Circuito de Bogotá – Sección Segunda y el Juzgado 42 Administrativo del Circuito de Bogotá – Sección Cuarta. La disputa se originó a raíz de una demanda presentada por el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones (FONCEP) contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), en ejercicio del control de nulidad y restablecimiento del derecho.

Antecedentes fácticos y procesales

FONCEP solicitó la nulidad parcial de los artículos primero y cuarto de una resolución administrativa que reconoció una pensión de vejez a una pensionada, argumentando vulneración del debido proceso y deficiencias en la consulta y aportación de documentos para verificar los tiempos laborales. Como consecuencia, pidió que se ordenara a la entidad demandada expedir un nuevo acto administrativo que atendiera dicha nulidad y se reintegraran las sumas cobradas de manera indebida por concepto de cuota parte pensional, incluyendo indexación y sanciones por mora. Tras el reparto inicial, el Juzgado 19 Administrativo remitió el asunto a la Sección Cuarta, considerando que la controversia versaba sobre una obligación de carácter especial de naturaleza parafiscal, relacionada con la cuota parte pensional. Sin embargo, el Juzgado 42 Administrativo, a cargo de la Sección Cuarta, declaró su falta de competencia y promovió el conflicto negativo de competencia ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, fundamentando que la cuestión tenía naturaleza...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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