Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra la DIAN por nulidad de actos administrativos
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:1:7
Contexto y naturaleza de la decisión
El 22 de agosto de 2025, la Sección Cuarta - Subsección “B” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un auto mediante el cual se admitió la demanda presentada por una corporación educativa contra la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La providencia fue dictada en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, que permite a los particulares controvertir actos administrativos que consideran lesivos a sus derechos.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada el 25 de julio de 2025, a través de apoderado judicial de la corporación, y se radicó bajo el número 250002337000-2025-00210-00. La acción se dirige contra dos actos administrativos emitidos por la DIAN: la Liquidación Oficial de Revisión número 2024032050000121, fechada el 18 de marzo de 2024, y el Recurso de Reconsideración 2804, del 25 de marzo de 2025. Estos actos son objeto de impugnación por presuntas irregularidades que afectan los derechos de la demandante.
El Tribunal, tras evaluar el cumplimiento de los requisitos legales, ordenó admitir la demanda. Además, se reconoció la personería del apoderado judicial que representa a la corporación, conforme a la normativa vigente.
Consideraciones jurídicas y aspectos procesales
La providencia establece la notificación personal al representante legal de la DIAN o a quien haya delegado esa función, mediante correo electrónico, conforme a lo previsto en el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021. Asimismo, se dispuso que la entidad demandada allegue el expediente administrativo digitalizado que contenga los antecedentes de la actuación objeto del proceso, siguiendo lo establecido en el parágrafo 1º del artículo 175 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Se ordenó remitir copia de la demanda y anexos al Procurador Judicial delegado ante el despacho y se concedió traslado a la DIAN, a la Procuradora Delegada en lo judicial y al representante legal de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. El término para contestar la demanda fue fijado en treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación.
Finalmente, el Tribunal solicitó a la DIAN informar el correo electrónico para notificaciones judiciales de la persona designada como apoderado para el trámite del proceso, en cumplimiento del numeral 7° del artículo 175 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021. El secretario de la Sección quedó encargado de dar cumplimiento estricto a lo previsto en el artículo 201 del CPACA.
Relevancia del auto y procedimiento a seguir
Este auto representa un paso procedimental clave en el control de legalidad de los actos administrativos emitidos por la DIAN, permitiendo que la corporación educativa continúe con el trámite judicial para obtener la nulidad de los actos cuestionados. La decisión refleja la aplicación de las disposiciones normativas vigentes en materia de procedimiento administrativo y contencioso administrativo, garantizando el debido proceso y la participación de las partes involucradas.
El proceso seguirá su curso con la contestación de la demanda por parte de la DIAN y la posterior evaluación por parte del Tribunal, conforme a los términos legales establecidos. Se espera que esta acción judicial sirva como precedente para futuros casos relacionados con la legalidad de actos administrativos emitidos por entidades estatales, fortaleciendo la protección de los derechos de los ciudadanos frente a decisiones administrativas presuntamente irregulares.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra la DIAN por nulidad de actos administrativos