El Tribunal Administrativo de Cundinamarca concede apelación en caso de reparación por avenida torrencial en Mocoa
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca concede apelación en caso de reparación por avenida torrencial en Mocoa
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:5:44
Contexto y tribunal competente
La providencia analizada corresponde a un auto proferido el 26 de agosto de 2025 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera - Subsección A. La decisión se da en el marco del proceso de reparación integral por perjuicios causados a un grupo de afectados en el municipio de Mocoa, Putumayo, a raíz de la avenida torrencial ocurrida entre el 31 de marzo y el 1 de abril de 2017. La resolución se encuentra en la etapa de apelación, siendo el Consejo de Estado la instancia superior encargada de su revisión.
Antecedentes fácticos y procesales
La sentencia inicial, dictada el 27 de junio de 2025 por el mismo Tribunal, negó la objeción por error grave contra el dictamen pericial y declaró la falta de legitimación en la causa por pasiva de varias entidades estatales, eximiéndolas de responsabilidad. Sin embargo, se declaró la responsabilidad solidaria de la Nación, a través de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía (CORPOAMAZONÍA), el Departamento de Putumayo y el Municipio de Mocoa. Estas entidades fueron condenadas a pagar una indemnización conjunta equivalente a 63.148 salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor del grupo afectado.
Además, se ordenó la emisión de un comunicado público en el que se ofrecieran excusas por los perjuicios ocasionados, así como la implementación de programas de atención psicosocial para los sobrevivientes y familiares de las víctimas. La Defensoría del Pueblo fue encomendada para administrar el fondo indemnizatorio y garantizar el cumplimiento de las medidas ordenadas.
Consideraciones principales de la providencia
El auto del 26 de agosto de 2025 concede el recurso de apelación interpuesto en tiempo por el abogado coordinador del grupo demandante, el Departamento del Putumayo, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el Municipio de Mocoa, CORPOAMAZONÍA y la UNGRD. Esto implica que el proceso será remitido al Consejo de Estado para el estudio y decisión de la apelación.
La providencia reafirma que las actuaciones procesales respecto del grupo actor deben realizarse únicamente a través del abogado coordinador, evitando duplicidad en la representación. Asimismo, se ordena la desactivación temporal del proceso en el sistema administrativo hasta que retorne del Consejo de Estado.
Implicaciones y seguimiento
Esta decisión judicial confirma la importancia de garantizar el derecho a la reparación integral para las víctimas de desastres naturales, además de establecer responsabilidades claras para las entidades públicas involucradas en la gestión del riesgo y el desarrollo sostenible.
La apelación permitirá un mayor escrutinio de la sentencia inicial, asegurando un análisis exhaustivo de las responsabilidades y las medidas de reparación. La resolución también refuerza la participación de la Defensoría del Pueblo como garante en la administración de indemnizaciones y en la protección de los derechos colectivos.
En síntesis, el proceso continúa su curso en la segunda instancia judicial, lo que mantendrá la atención sobre los mecanismos legales para la reparación de daños en contextos de emergencia y gestión pública en Colombia, garantizando así que las víctimas reciban una atención justa y efectiva conforme a los principios del derecho administrativo y la protección de los derechos humanos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.