Contexto y tribunal competente
La providencia corresponde a un auto interlocutorio emitido por la Sección Primera, Subsección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia. La acción de cumplimiento fue instaurada contra el Departamento Administrativo de la Función Pública para exigir la reglamentación del artículo 1° de la Ley 2424 de 2024, que obliga a establecer un mínimo del 50% de participación femenina en cargos decisorios del sector público.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción fue interpuesta por un congresista que denunció el incumplimiento del plazo de seis meses otorgado por la ley para reglamentar los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios donde aplica el requisito de paridad de género. Se argumentó que, a pesar de haber transcurrido más de siete meses desde la vigencia de la norma, el Departamento Administrativo de la Función Pública no había expedido la reglamentación correspondiente.
En respuesta, el Departamento Administrativo explicó que el proyecto de decreto reglamentario estaba en proceso de revisión y aprobación por parte de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, señalando que se han surtido las etapas administrativas necesarias, incluyendo consultas y observaciones con el Ministerio de Igualdad y Equidad y ajustes tras cambios en la dirección de la entidad.
El Ministerio de Igualdad y Equidad aclaró que no tiene competencia normativa para reglamentar el artículo 1°, limitando su participación a brindar apoyo técnico y contribuciones en la elaboración del proyecto de decreto.
Por su parte, la Presidencia de la República señaló que el proyecto de decreto fue remitido para su firma y que la acción carecía de fundamento por no haberse agotado el requisito de procedibilidad frente a esta entidad.
El Ministerio Público manifestó que el trámite de reglamentación ya se encontraba cumplido con la expedición del Decreto 859 de 2025, que reglamenta parcialmente la Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024, y que establece la participación femenina mínima en cargos decisorios en entidades de la Rama Ejecutiva, tanto a nivel nacional como territorial.
Consideraciones del Tribunal y fundamento jurídico
El Tribunal recordó que la acción de cumplimiento, prevista en el artículo 87 de la Constitución y desarrollada por la Ley 393 de 1997, tiene por objeto garantizar la eficacia de normas legales y actos administrativos que generan obligaciones claras, expresas y exigibles.
Tras analizar el caso, el Tribunal concluyó que la expedición del Decreto 859 de 2025 constituye el cumplimiento efectivo de la obligación contenida en el artículo 1° de la Ley 2424 de 2024, pues reglamenta los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles decisorios en los cuales aplica el mínimo del 50% para ser desempeñados por mujeres.
En atención al artículo 19 de la Ley 393 de 1997, que permite la terminación anticipada de la acción de cumplimiento cuando la conducta requerida se ha efectuado estando el proceso en curso, el Tribunal decidió declarar la terminación anticipada del proceso.
Asimismo, indicó que al tratarse de un proceso que tutela un interés público, no procede condena en costas, conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Decisión final
En virtud de lo anterior, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió:
- Declarar la terminación anticipada de la acción de cumplimiento por haberse cumplido la obligación de reglamentar el artículo 1° de la Ley 2424 de 2024 mediante el Decreto 859 de 2025.
- Notificar la decisión a las partes por el medio más expedito.
- No imponer condena en costas.
Esta providencia pone de manifiesto la importancia del seguimiento judicial para asegurar la implementación de políticas públicas orientadas a la igualdad de género en el ámbito estatal, así como la función de los mecanismos constitucionales para garantizar el cumplimiento de las normas con impacto social. Con esta decisión, se reafirma el compromiso del Estado colombiano en avanzar hacia una representación equitativa de mujeres en los cargos decisorios, promoviendo una administración pública más inclusiva y justa.