Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda – Sala Transitoria, emitió un auto el 27 de junio de 2025 en el marco de un proceso ejecutivo singular. El medio de control judicial busca obtener el pago de obligaciones condenatorias contra la Nación – Ministerio de Defensa Nacional, derivadas de una sentencia proferida el 16 de septiembre de 2019 por la misma Sección Segunda de este tribunal.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante presentó una demanda ejecutiva solicitando el mandamiento de pago por un total de $335.883.747,29, que incluye:
- Capital por $147.438.129,65, conforme a la sentencia condenatoria.
- Intereses moratorios a la tasa equivalente al DTF por $57.736.778,57, de acuerdo con el numeral 4º del artículo 195 de la Ley 1437 de 2011.
- Intereses moratorios a la tasa comercial por $130.708.846,07, también conforme al numeral citado del artículo 195 de la Ley 1437 de 2011.
Además, se solicitó el reconocimiento y pago de intereses moratorios causados desde la fecha de ejecutoria de la sentencia hasta la cancelación total de la obligación.
Consideraciones jurídicas de la providencia
Con base en lo establecido en el artículo 42 del Código General del Proceso (CGP) y el artículo 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), el tribunal decidió, antes de emitir el mandamiento de pago, ordenar la remisión del expediente a la contaduría de la corporación.
La finalidad es que, mediante análisis documental y de los anexos presentados, se determine si las cifras reclamadas se ajustan a los parámetros fijados en la sentencia de 2019 o, en su defecto, se precise el monto exacto que debe pagarse, explicando las razones de sus conclusiones.
Posteriormente, el expediente deberá ser devuelto al despacho para continuar con los trámites correspondientes.
Implicaciones y procedimiento
Esta providencia resalta la importancia del control riguroso en la ejecución de sentencias condenatorias contra entidades estatales, especialmente en procesos donde se reclaman intereses moratorios de distinta naturaleza y tasas.
Al acudir al análisis técnico-contable, el tribunal busca garantizar que el pago ordenado se ajuste estrictamente a lo establecido en la decisión judicial previa, asegurando así la transparencia y precisión en el cumplimiento de las obligaciones estatales.
Conclusión de la providencia
El auto proferido por el magistrado ponente, en representación de la Sala Transitoria, se enmarca en el ejercicio de competencia asignado conforme al Acuerdo del Consejo Superior de la Judicatura, y cumple con las disposiciones legales vigentes para la ejecución de sentencias en la jurisdicción administrativa.
Esta actuación evidencia el compromiso del tribunal con la correcta aplicación del derecho y la adecuada administración de justicia en procesos ejecutivos contra la administración pública.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.