Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “D”, con ponencia de una magistrada, conoció y resolvió la solicitud de aclaración presentada respecto a la sentencia de segunda instancia proferida el 26 de agosto de 2022 en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda fue interpuesta contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, por la negativa a reconocer el subsidio familiar conforme al artículo 11 del Decreto 1794 de 2000. Conforme a los artículos 125 y 153 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificados por la Ley 2080 de 2021, y el artículo 18 del Decreto 2288 de 1989, este tribunal tiene competencia para resolver solicitudes de corrección y aclaración de sentencias. Antecedentes del caso
La sentencia de segunda instancia revocó la decisión del juzgado administrativo de primera instancia que había negado las pretensiones del demandante. En la primera instancia, el juzgado había dictado sentencia el 3 de diciembre de 2021, negando el reconocimiento del subsidio familiar. Sin embargo, en la sentencia de segunda instancia se consignó erróneamente la fecha del fallo de primera instancia como 3 de diciembre de 2022, y en la parte resolutiva se mencionó una revocatoria de una sentencia del 28 de febrero de 2022, cuando debió referirse al 3 de diciembre de 2021. La demanda se basó en que el demandante declaró unión marital de hecho el 9 de abril de 2013, lo que le otorgaba derecho al subsidio familiar equivalente al 4% de su salario básico mensual más...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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