Tribunal Superior de Bogotá confirma existencia de contrato laboral y rechaza sanciones moratorias en apelación laboral
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:58:0
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia objeto de análisis es una sentencia emitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, específicamente por su Sala Sexta de Decisión Laboral, en segunda instancia. Esta resolución confirma la sentencia proferida por el Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Bogotá en un proceso ordinario laboral que se originó por la reclamación de prestaciones sociales y reconocimiento de la existencia de un contrato laboral.
Antecedentes fácticos y procesales
El actor solicitó que se declarara la existencia de un contrato laboral entre enero de 2019 y marzo de 2022, con el pago correspondiente de prestaciones sociales, incluyendo cesantías, intereses, prima de servicios, vacaciones, auxilio de transporte y sanciones por mora. Alegó que durante dicho periodo desempeñó funciones de bodeguero y surtidor con un horario extenso y sin afiliación a seguridad social, además de no recibir los pagos laborales correspondientes.
El demandado negó la existencia de vínculo laboral y presentó excepciones, entre ellas la prescripción, argumentando la falta de pruebas sobre la prestación personal del servicio y la inexistencia de un establecimiento de comercio relacionado.
El juzgado de primera instancia falló a favor del demandante, declarando la existencia del contrato laboral a término indefinido y condenando al demandado al pago de las prestaciones reclamadas. Sin embargo, rechazó las sanciones moratorias solicitadas, fundamentando que no se evidenció conducta dolosa o mala fe del empleador.
Ambas partes interpusieron recurso de apelación, y tras la admisión y traslado para alegatos, la Sala Sexta de Decisión Laboral revisó el caso.
Consideraciones jurídicas de la Sala
El Tribunal abordó principalmente dos cuestiones jurídicas: la existencia del contrato de trabajo y la procedencia de las sanciones moratorias.
Respecto al contrato laboral, la Sala recordó que, conforme al artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, este se caracteriza por la prestación personal del servicio, subordinación y salario. Asimismo, el artículo 24 establece la presunción legal de la existencia de un contrato laboral en toda relación de trabajo personal.
El actor aportó pruebas documentales como un carnet laboral, comprobantes de pago y certificación de matrícula del establecimiento de comercio. Además, el demandado admitió en interrogatorio la prestación ocasional de servicios dentro del periodo señalado. Testigos también confirmaron la realización de labores continuas bajo instrucciones del empleador y cumplimiento de horarios.
La Sala concluyó que, pese a algunas pruebas con menor credibilidad, el conjunto probatorio fue suficiente para acreditar la existencia de la relación laboral durante el periodo reclamado. Así, confirmó la declaración de contrato a término indefinido y la condena en prestaciones sociales.
Sobre las sanciones moratorias, la Corte Suprema ha sostenido que para su procedencia debe demostrarse la omisión dolosa o falta de buena fe del empleador en el pago de obligaciones laborales. En este caso, la Sala indicó que la conducta del empleador durante la relación laboral no evidenció mala fe sino más bien dudas razonables respecto a la existencia del vínculo, por lo que negó la aplicación de dichas sanciones.
Decisión
El Tribunal Superior de Bogotá confirmó en su totalidad la sentencia de primera instancia, reconociendo la existencia del contrato laboral y condenando al pago de prestaciones sociales, pero rechazando la imposición de sanciones moratorias. Además, dispuso que no se impongan costas en esta segunda instancia.
La sentencia deberá ser notificada mediante edicto conforme a la legislación procesal laboral vigente.
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Esta providencia destaca la importancia de la prueba en la configuración de relaciones laborales y el análisis cuidadoso de la buena fe del empleador para la aplicación de sanciones moratorias, reforzando la interpretación jurisprudencial vigente en materia laboral. Con esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá establece un precedente relevante para casos similares, subrayando la necesidad de un análisis integral de las pruebas y las circunstancias que rodean la relación laboral.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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