Contexto y entidad emisora
La Resolución 1364 de 2025, emitida el 1° de septiembre de 2025 por la Dirección de Regulación y Habilitación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), establece la entrega formal del servicio público de gestión catastral del municipio de San Pablo, en el departamento de Bolívar, al Gestor Catastral del municipio de Sincelejo. Esta medida se fundamenta en las facultades legales conferidas al IGAC como máxima autoridad catastral nacional, conforme al artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por la Ley 2294 de 2023.
Objeto y destinatarios
El tema principal de la resolución es la transferencia de competencias para la prestación del servicio público de gestión catastral, incluyendo formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, del IGAC hacia un gestor municipal. El destinatario principal es el Gestor Catastral del municipio de Sincelejo, que asume la gestión en el territorio de San Pablo. Este público es relevante porque, conforme a la autonomía territorial reconocida en la Constitución, la administración local puede contratar gestores para administrar sus catastros multipropósito.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo es formalizar la entrega del servicio público de gestión catastral al municipio gestor entrante, garantizando que se dé cumplimiento a los procesos técnicos y regulatorios, y que se mantenga la calidad y continuidad del servicio, aún en contextos con alteraciones del orden público. La resolución termina el periodo de entrega de información catastral y otorga competencia plena al gestor entrante desde el 2 de septiembre de 2025.
Decisiones y regulaciones principales
- Se declara finalizado el período de entrega del servicio público catastral el 1° de septiembre de 2025, con cumplimiento de todas las actividades previstas.
- Se entrega formalmente el servicio al Gestor Catastral del municipio de Sincelejo a partir del 2 de septiembre de 2025.
- Se establecen las responsabilidades y competencias transferidas al gestor entrante para la gestión catastral en San Pablo, Bolívar.
- Se dispone la notificación electrónica a las partes involucradas y se informa sobre los recursos administrativos procedentes.
- Se ordena la comunicación a diversas entidades relacionadas, como la Superintendencia de Notariado y Registro, el DANE y agencias relacionadas con tierras y restitución.
- Se publica la resolución en el Diario Oficial para efectos legales.
Fundamento legal
La resolución se sustenta en el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 y sus modificaciones por la Ley 2294 de 2023, así como en la Resolución 1040 de 2023 y la Resolución 746 de 2024 del IGAC. También se fundamenta en el Decreto 846 de 2021. Estas normas regulan la gestión catastral multipropósito, los parámetros técnicos para la entrega del servicio, y las condiciones para la contratación de gestores catastrales, incluyendo procesos de entrega y recepción del servicio.
Modificaciones y suspensión temporal
Durante el proceso de entrega, la Dirección de Regulación y Habilitación del IGAC suspendió temporalmente el procedimiento (Resolución 1080 de 2025) debido a alteraciones del orden público en la zona, lo que implicó evaluar riesgos para la prestación del servicio. Tras recibir garantías y protocolos de seguridad por parte del gestor entrante, se reanudó el proceso con la Resolución 1164 de 2025 y se estableció un plazo para culminar la entrega, que finalizó conforme al cronograma.
Plazos y términos
El periodo de entrega duró seis meses, conforme a la regulación vigente. Se estableció una suspensión de términos entre el 15 de agosto y el 1° de septiembre de 2025 para garantizar la seguridad y efectividad del proceso. El acta de finalización fue suscrita el 1° de septiembre, dando paso a la transferencia efectiva de competencias el día siguiente.
Impacto potencial
Esta resolución garantiza la continuidad del servicio público de gestión catastral en San Pablo, Bolívar, bajo la administración local del municipio de Sincelejo, en concordancia con la autonomía territorial. Además, establece un precedente para la gestión del catastro en zonas con condiciones de orden público complejas, al incorporar protocolos de seguridad y evaluación técnica para asegurar la prestación adecuada del servicio. La transferencia formal fortalece la gestión territorial y contribuye a la actualización y mantenimiento de la información catastral multipropósito, fundamental para la planeación y desarrollo municipal.
En conclusión, esta acción del IGAC representa un avance significativo en la descentralización y fortalecimiento de la gestión catastral en Colombia, promoviendo una administración más cercana a las comunidades y adaptada a las realidades locales, garantizando así una gestión más eficiente y segura del territorio.