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Tribunal Administrativo de Sucre confirma legalidad de diferencias salariales docentes según escalafón

Proviene de: Sentencias

3 de septiembre de 2025 18:12:14

Providencia de segunda instancia sobre nulidad y restablecimiento del derecho en materia salarial docente

El Tribunal Administrativo de Sucre, en segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Sincelejo, que había negado las pretensiones de una demanda contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y el Departamento de Sucre. La demanda cuestionaba la legalidad de los decretos nacionales que establecieron incrementos salariales diferenciados para docentes en los años 2008, 2009 y 2011.

Antecedentes fácticos y procesales

La parte demandante, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, solicitó la inaplicación del Decreto 284 de 2024 y la nulidad de actos administrativos que negaron el reconocimiento y pago de diferencias salariales derivadas de incrementos desiguales en el escalafón docente para el año 2009. Argumentó que existió un trato desigual e injustificado entre docentes ubicados en el grado 2 Nivel B con Especialización (2BE) y grado 2 Nivel A con Especialización (2AE), dado que estos últimos recibieron un incremento del 15,61% frente al 7,67% aplicado a los primeros. El Ministerio de Educación Nacional y el Departamento de Sucre defendieron la legalidad de los actos administrativos, sustentando que las diferencias salariales obedecen a criterios objetivos relacionados con la formación académica, experiencia y responsabilidades, y que la competencia para fijar los salarios corresponde al Gobierno Nacional, conforme al Decreto Ley 1278 de 2002 y la Ley 4 de 1992. El Juzgado de primera instancia negó las pretensiones, argumentando que para...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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