Contexto y naturaleza del proceso
El Tribunal Superior de Bogotá conoció el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de un colaborador que argumentó haber sido contratado de manera indirecta para prestar servicios en actividades propias y permanentes de Avianca S.A., a través de la Cooperativa de Trabajo Asociado (CTA) Servicopava y luego por la empresa Servicios Aeroportuarios Integrados SAI S.A.S. El actor reclamó el reconocimiento como verdadero empleador de Avianca S.A., la declaración de la ilegalidad de la tercerización mediante la cooperativa y la empresa, así como el pago de prestaciones sociales, salarios, indemnizaciones por terminación, beneficios extralegales, auxilios y el reconocimiento de la relación laboral en su integridad. El proceso se desarrolló en el Juzgado Veintisiete Laboral de Bogotá, y la sentencia inicial absolvió a las demandadas y declaró improcedentes las reclamaciones. Antecedentes probatorios y consideraciones de la instancia
Se acreditó que el actor prestó servicios personales principalmente en labores de asistencia y operaciones terrestres en el aeropuerto, utilizando herramientas y uniformes identificados con Avianca S.A., bajo instrucciones y supervisión directa de personal de la empresa operadora o coordinadora (Servicopava y posteriormente SAI). El Tribunal de primera instancia consideró que el vínculo laboral con la cooperativa se sustentaba en un contrato de asociación, y que la empresa Avianca no ejercía control directo ni era empleadora del actor. Sin embargo, se acreditó que la cooperativa carecía de autonomía real, utilizaba recursos y elementos de Avianca, y que las actividades realizadas por el actor constituían funciones permanentes y esenciales para Avianca, relacionadas con su...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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