Entidad emisora y contexto de la resolución
La presente resolución fue emitida por la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), a través de la Dirección de Formación Profesional, el 13 de agosto de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.232 el 3 de septiembre de 2025. Su propósito principal es enmendar un error formal detectado en la Resolución número 1-02057 de 2025, que aprobó diversos programas de formación profesional integral y modificó resoluciones previas del SENA.
Tema principal y destinatarios
El asunto central de esta resolución es la corrección del nombre de un programa de formación profesional. En la resolución original, el programa fue listado como “Tecnología en Gestión de Proyectos”, omitiendo la palabra “Integral”, que forma parte de su denominación correcta: “Tecnología en Gestión Integral de Proyectos”. Los destinatarios principales son las unidades administrativas del SENA encargadas de la gestión y comunicación de programas académicos, así como los estudiantes y profesionales involucrados en los programas de formación profesional integral. Esta precisión es relevante para asegurar la correcta identificación y promoción de los programas educativos.
Objetivo y finalidad de la corrección
La corrección busca subsanar un error formal de transcripción sin alterar el contenido o el sentido material de la resolución original. Conforme al artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se permite corregir errores formales, tales como omisiones de palabras o errores de digitación, sin que ello implique modificaciones sustanciales ni la reapertura de términos para impugnación.
Decisiones y regulaciones contenidas
La resolución establece explícitamente la corrección del artículo 12 de la Resolución 1-02057 de 2025. El texto corregido incluye el listado actualizado de programas tecnológicos presenciales aprobados, entre los que se destaca el nombre correcto: “Tecnología en Gestión Integral de Proyectos”. Además, confirma que todas las demás disposiciones de la resolución original permanecen vigentes y sin cambios.
Base legal y vigencia
La corrección se fundamenta en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que regula la corrección de errores formales en actos administrativos. La resolución entra en vigencia a partir de su expedición, el 13 de agosto de 2025, y se ordena su comunicación a las áreas administrativas del SENA para su cumplimiento y divulgación.
Impacto potencial
Aunque la corrección no modifica el contenido sustancial ni las condiciones de los programas aprobados, garantiza la precisión formal en la documentación oficial del SENA. Esto contribuye a evitar confusiones en la identificación de los programas y asegura la transparencia y el rigor administrativo, aspectos fundamentales en la gestión educativa y en la relación con la comunidad estudiantil y profesional.
En síntesis, la Resolución 1-02485 de 2025 representa un acto administrativo de ajuste formal que reafirma el compromiso del SENA con la exactitud y la claridad en sus procesos normativos y comunicativos, fortaleciendo la confianza en la gestión de los programas de formación profesional integral.