Contexto y marco normativo del proyecto
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Departamento Nacional de Planeación, modificaría los artículos 2.2.1.2.4.2.6., 2.2.1.2.4.2.7. y 2.2.1.2.4.2.8. de la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación. Este proyecto se enmarca en la reglamentación del artículo 13 de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, que establece medidas para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, y busca complementar y subsanar omisiones de decretos anteriores, en particular el Decreto 392 de 2018.
El proyecto toma en cuenta además diversas normativas internacionales y nacionales, como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, la Constitución Política de Colombia, la Ley 361 de 1997, la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026), y otras disposiciones relacionadas con la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad.
Propósito y temas centrales del proyecto
El objetivo principal del proyecto de decreto sería fortalecer el sistema de preferencias y puntajes adicionales en los procesos de contratación pública para fomentar la participación activa y efectiva de las personas con discapacidad. Se buscaría establecer medidas afirmativas para que los emprendimientos, empresas y empleadores que vinculen personas con discapacidad tengan condiciones diferenciales en los procesos contractuales estatales.
El proyecto contemplaría mecanismos para facilitar la participación de personas con discapacidad como proponentes y contratistas, y promovería su inclusión laboral mediante acciones que abarcarían desde la planeación hasta la ejecución contractual.
Medidas específicas y modificaciones propuestas
Entre las principales modificaciones que el proyecto plantearía, se incluyen:
- Definición clara de emprendimientos y empresas de personas con discapacidad, incluyendo personas naturales con discapacidad que ejerzan profesiones liberales, que hayan realizado actividades comerciales o que tengan participación mayoritaria en empresas.
- Establecimiento de un sistema de preferencias estructurado que abarcaría medidas jurídicas, técnicas y procedimentales para eliminar barreras de acceso y promover la igualdad material.
- Incorporación de criterios habilitantes diferenciales en los procesos de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, para facilitar la participación de emprendimientos y empresas de personas con discapacidad.
- Otorgamiento de un puntaje adicional del dos por ciento (2%) en los procesos de selección para empleadores que acrediten la vinculación de personas con discapacidad en su planta de personal, conforme a una tabla que establece el mínimo requerido según el tamaño de la empresa.
- Inclusión de condiciones especiales de ejecución contractual, tales como la subcontratación inclusiva y la integración de personas con discapacidad en equipos de trabajo.
- Reserva de cuotas de contratación en contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, con porcentajes que variarían según el volumen histórico de contratos de cada entidad estatal.
- Implementación de mecanismos de articulación interinstitucional, principalmente con el Servicio Público de Empleo, para facilitar la identificación, selección y vinculación laboral de personas con discapacidad.
- Configuración del Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) para garantizar accesibilidad y permitir la recolección de datos sobre las acciones afirmativas implementadas.
Participación y seguimiento de actores clave
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente desempeñaría un papel central en la verificación y seguimiento del cumplimiento del sistema de preferencias y otras medidas afirmativas, consolidando informes anuales que serían presentados al Consejo Nacional de Discapacidad. Este consejo, como órgano coordinador de las políticas públicas para la discapacidad, formularía recomendaciones, coordinaría formación y supervisaría la implementación de las medidas.
Las entidades estatales contratantes tendrían la responsabilidad de aplicar las medidas en todas las fases del proceso contractual y reportar los avances. Además, la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo habilitaría mecanismos digitales para facilitar la consulta de hojas de vida y el registro del cumplimiento de cuotas de inclusión.
Acceso al proyecto y participación ciudadana
El proyecto de decreto habría sido publicado en la página web del Departamento Nacional de Planeación para recibir observaciones y comentarios de la ciudadanía y grupos de interés, en un proceso abierto que buscaría enriquecer el contenido normativo. Asimismo, se habrían solicitado conceptos a entidades como la abogacía de la competencia, el Consejo Nacional de Discapacidad y la Función Pública, para garantizar la pertinencia y legalidad de las disposiciones.
El proyecto, de ser aprobado, entraría en vigencia a partir de su publicación y derogaría las disposiciones contrarias, actualizando el marco normativo para la inclusión laboral de personas con discapacidad en la contratación pública en Colombia. Con esta iniciativa, se espera avanzar significativamente en la construcción de una sociedad más inclusiva, equitativa y justa, que reconozca y valore el aporte de todas las personas en igualdad de condiciones.