Entidad emisora, número y fecha
La resolución fue emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social bajo el número 00001788, con fecha 4 de septiembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.233 ese mismo día.
Tema principal y destinatarios
El documento adopta los
lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud. Se dirige principalmente a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales; las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB); instituciones prestadoras de servicios de salud públicas y privadas; talento humano en salud; y demás actores del sistema que participan en la prestación y gestión de servicios de rehabilitación. Este grupo es clave porque garantiza la implementación integral y coordinada de los servicios de rehabilitación en todo el territorio nacional.
Objetivo de la resolución
El propósito fundamental es establecer una política unificada que promueva el acceso, la calidad, la continuidad y la integralidad de los servicios de rehabilitación en salud. Además, busca fortalecer la gobernanza, la planificación territorial, la formación del talento humano y la articulación intersectorial para responder a las necesidades específicas de rehabilitación de la población colombiana, reconociendo la diversidad cultural y las condiciones diferenciales.
Decisiones y regulaciones principales
- Adopción de lineamientos técnicos y operativos para la rehabilitación en salud, incluidos en un anexo técnico que complementa la resolución.
- Aplicación obligatoria a todas las entidades territoriales, EAPB, prestadores de servicios de salud, aseguradoras y demás actores del sistema de salud.
- Definición clara de la población beneficiaria, incluyendo personas con enfermedades agudas o crónicas, discapacidades, envejecimiento, entre otras condiciones que afectan el funcionamiento humano.
- Organización de la prestación de servicios de rehabilitación a través de redes integrales e integradas en todos los niveles de atención, priorizando la cercanía al domicilio de la persona.
- Fortalecimiento de la oferta y accesibilidad mediante habilitación de servicios presenciales y de telesalud.
- Implementación del ciclo de rehabilitación en salud, que comprende evaluación inicial, planificación, intervención y evaluación final, con enfoque diferencial y reconocimiento de la pluralidad cultural.
- Regulación de la prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de ayudas técnicas, con responsabilidades definidas para profesionales y Administradoras de Riesgos Laborales.
- Reforzamiento de las capacidades de gobernanza y gobernabilidad mediante liderazgo territorial, asistencia técnica y participación social.
- Integración de la rehabilitación en la planeación integral territorial de salud y en políticas intersectoriales, con inclusión de análisis de necesidades en los planes territoriales de salud.
- Impulso a la formación continua, prácticas formativas y condiciones laborales dignas para el talento humano en salud dedicado a la rehabilitación.
- Establecimiento de mecanismos de financiamiento mediante recursos del sistema de salud, Sistema General de Participaciones, y otras fuentes, según normatividad vigente.
- Implementación de sistemas de información para monitoreo y evaluación de la prestación de servicios de rehabilitación.
Base legal y normatividad relacionada
La resolución se fundamenta en diversas normas constitucionales y legales, entre ellas el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 715 de 2001, la Ley 1438 de 2011, la Ley Estatutaria 1751 de 2015 (Ley de Salud), decretos reglamentarios, y resoluciones previas como la 3202 de 2016 y la 100 de 2024. Asimismo, toma en cuenta recomendaciones internacionales como la Resolución WHA76.6 de la Asamblea Mundial de Salud y el reporte “Rehabilitación 2030” de la Organización Mundial de la Salud.
Modificaciones y vigencia
La resolución actualiza y complementa el marco normativo existente para la rehabilitación en salud, incorporando nuevas directrices para su fortalecimiento. No revoca explícitamente normas anteriores, sino que las integra y desarrolla. Su vigencia es inmediata a partir de la fecha de publicación, es decir, desde el 4 de septiembre de 2025.
Impacto potencial
Este acto administrativo representa un avance significativo en la garantía del derecho fundamental a la salud, al poner especial énfasis en la rehabilitación como componente esencial de la atención integral. La resolución promueve la universalidad, accesibilidad, calidad y continuidad de los servicios, con especial atención a grupos vulnerables y territorios marginados. Además, fortalece la coordinación intersectorial y la gestión territorial, lo que podría mejorar la efectividad y eficiencia del sistema de salud y contribuir a la mejoría del funcionamiento y calidad de vida de las personas con necesidades de rehabilitación.
Con la implementación de estos lineamientos, se espera que la rehabilitación en salud se consolide como un pilar fundamental del sistema sanitario colombiano, garantizando que todas las personas tengan acceso a servicios oportunos, efectivos y culturalmente pertinentes. El Ministerio de Salud continuará monitoreando la ejecución de la resolución y promoviendo la participación de todos los actores involucrados para asegurar su cumplimiento efectivo y sostenido en el tiempo.