Superintendencia Nacional de Salud amplía plazo para el pago de la contribución de vigilancia en 2025
Proviene de: Resoluciones
8 de septiembre de 2025 16:17:7
Entidades y normativa que respaldan la resolución
La resolución fue emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, específicamente por la Dirección Financiera, en ejercicio de sus facultades legales contenidas en la Ley 1955 de 2019, el Decreto 1080 de 2021, y resoluciones previas relacionadas con la contribución de vigilancia. El documento fue publicado en el Diario Oficial No. 53.234 el 5 de septiembre de 2025.
Objeto principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la ampliación del plazo para el pago de la contribución de vigilancia que deben cancelar las personas jurídicas sometidas a inspección, vigilancia y control (IVC) por la Superintendencia Nacional de Salud. Estos sujetos pasivos incluyen diversas entidades del sistema general de seguridad social en salud, excepto aquellas expresamente exoneradas por la ley, como algunos prestadores de servicios de salud y entidades indígenas.
Finalidad de la ampliación del plazo
La ampliación del plazo tiene como objetivo facilitar que un mayor número de vigilados cumpla con la obligación tributaria sin incurrir en intereses moratorios. Se evidenció que, a la fecha inicial, solo el 63% de los sujetos pasivos habían accedido a la plataforma para realizar el pago, a pesar de las campañas de comunicación implementadas por la Superintendencia. Por tanto, la medida busca promover un recaudo oportuno y eficiente que apoye los costos operativos y de inversión de la entidad.
Decisiones y modificaciones clave
La resolución modifica el artículo cuarto de la Resolución 2025920040005394-6 del 7 de julio de 2025, extendiendo el plazo de pago hasta el 30 de septiembre de 2025, cuando inicialmente finalizaba el 5 de septiembre. Además, se amplía el término para presentar objeciones contra el recibo de pago hasta el 19 de septiembre de 2025. Se mantiene que quienes no efectúen el pago dentro del plazo deberán cancelar intereses de mora según la tasa del Estatuto Tributario Nacional.
Marco legal y efectos normativos
La base legal para esta contribución está en el artículo 76 de la Ley 1955 de 2019, que reglamenta la contribución de vigilancia para sufragar gastos de la Superintendencia. El Decreto 1080 de 2021 y otras normas complementan las funciones y procedimientos para el recaudo y control de tributos. La resolución deroga disposiciones contrarias y no admite recurso alguno, dado su carácter general conforme a la Ley 1437 de 2011.
Impacto potencial de la medida
Al ampliar los plazos de pago y objeciones, la resolución busca incrementar la tasa de cumplimiento voluntario, evitando recargos por mora y facilitando la gestión financiera de la Superintendencia Nacional de Salud. Esto puede traducirse en un mejor control y supervisión del sistema de salud, beneficiando tanto a los entes vigilados como a la entidad encargada de su regulación.
En síntesis, esta resolución representa un ajuste operativo relevante en el cumplimiento tributario del sector salud, promoviendo la equidad y la eficiencia administrativa en el marco legal vigente. Con esta medida, la Superintendencia Nacional de Salud reafirma su compromiso con la transparencia y la sostenibilidad financiera, garantizando que los recursos para la vigilancia y control del sistema de salud estén disponibles de manera oportuna y adecuada.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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