Contexto y propósito del decreto
La Presidencia de la República expidió el Decreto 0965 el 8 de septiembre de 2025, con el fin de delegar temporalmente funciones legales y constitucionales en el Ministro de Salud y Protección Social. Esta medida se adopta en el marco de un viaje oficial del Presidente al extranjero, específicamente a la ciudad de Manaos, Brasil, para participar en la inauguración del Centro de Cooperación Policial Internacional de la Amazonia (CCPI). El viaje está previsto para el 9 de septiembre de 2025, con regreso el mismo día, y busca asegurar la representación y continuidad de la gestión gubernamental durante la ausencia presidencial.
Medidas establecidas en el decreto
El decreto delega en el Ministro de Salud y Protección Social la responsabilidad de ejercer todas las funciones legales y constitucionales del Presidente durante el tiempo que dure su ausencia. Entre las atribuciones delegadas se incluyen:
- Funciones contempladas en los artículos 129, 138 (inciso 5), 150 (numeral 10) – en cuanto a las facultades extraordinarias –, 163, 165, 166, 167, 189 (con excepciones en los numerales 2, 5, 6 y 7), 200, 201, 202, 213, 214, 215, 303, 304, 314 y 323 de la Constitución Política.
Estas disposiciones garantizan que el Ministro delegado pueda asumir responsabilidades de alto nivel, desde la dirección del gobierno hasta el ejercicio de facultades extraordinarias, exceptuando algunas funciones específicas del artículo 189.
Ámbito de aplicación y entidades afectadas
El decreto tiene aplicación nacional y afecta directamente a la estructura del Ejecutivo colombiano. El Ministro de Salud y Protección Social asume las funciones presidenciales durante el período indicado, asegurando la continuidad administrativa y constitucional. Esta delegación se realiza conforme al artículo 196 de la Constitución Política, que regula la sustitución temporal del Presidente cuando se traslada a territorio extranjero.
Excepciones y limitaciones
Cabe destacar que el decreto excluye ciertas funciones previstas en los numerales 2, 5, 6 y 7 del artículo 189 constitucional, que no serán delegadas al Ministro. Esto implica que algunas atribuciones reservadas exclusivamente al Presidente no serán ejercidas durante el viaje.
Base legal y vigencia
La expedición del decreto se sustenta en el artículo 196 de la Constitución Política, que faculta al Presidente para delegar funciones constitucionales y legales en un ministro durante su ausencia en el extranjero. El acto administrativo entró en vigencia desde la fecha de su expedición, es decir, el 8 de septiembre de 2025.
Implicaciones para la ciudadanía y el gobierno
Este decreto garantiza la continuidad en la administración del país y la adecuada ejecución de las funciones del Ejecutivo durante el viaje presidencial. Asimismo, establece un mecanismo transparente y constitucional para la delegación temporal de funciones, asegurando que un miembro del gabinete, perteneciente al mismo movimiento político del Presidente, asuma la responsabilidad de manera formal y legal.
La medida invita a los diferentes sectores públicos y privados a reconocer y respetar la autoridad delegada durante el periodo señalado, contribuyendo así a la estabilidad institucional y al normal funcionamiento del Estado.
En suma, el Decreto 0965 de 2025 es un instrumento jurídico que refuerza la operatividad del poder ejecutivo en situaciones de desplazamiento internacional del Jefe de Estado, fortaleciendo la gobernabilidad y el cumplimiento de mandatos constitucionales en Colombia.