Comisión Nacional de Disciplina Judicial decreta prescripción en proceso contra abogado por aceptación indebida de poder
Proviene de: Sentencias
9 de septiembre de 2025 15:47:40
Providencia emitida por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en segunda instancia
La decisión objeto de análisis corresponde a un auto dictado por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial de Colombia, en segunda instancia, el 16 de julio de 2025, tras la apelación presentada contra una providencia de primera instancia emitida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Meta. La controversia se originó a partir de una compulsa de copias ordenada en un proceso administrativo, relacionada con la supuesta actuación indebida de un abogado que aceptó un mandato sin haber obtenido el paz y salvo correspondiente de su colega anterior.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso disciplinario inició luego de que se evidenciara que un abogado había aceptado el poder conferido por una parte dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, sin que el abogado que inicialmente ostentaba la representación judicial hubiese renunciado formalmente al mandato ni entregado el paz y salvo correspondiente. La situación se detectó en virtud de una sentencia del Tribunal Administrativo del Meta, que ordenó la compulsa de copias contra el profesional del derecho.
El trámite se dio inicio en junio de 2023, con la apertura formal del proceso disciplinario y la realización de varias audiencias de pruebas y calificación provisional. Durante las diligencias, el abogado investigado solicitó la prescripción de la acción disciplinaria, alegando que la conducta reprochada se había consumado en abril de 2018 y que para el momento de la apertura del proceso ya habían transcurrido más de cinco años, término máximo establecido para ejercer la acción disciplinaria.
En la audiencia de febrero de 2025, la Comisión Seccional formuló cargos contra el abogado por presunta violación del deber profesional al aceptar el mandato sin el paz y salvo de su colega. Sin embargo, se negó la práctica de ciertas pruebas solicitadas por el disciplinable, decisión que fue apelada oportunamente.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de su competencia constitucional y legal, revisó el recurso de apelación y los antecedentes del caso. Se recordó que la acción disciplinaria prescribe en cinco años, contados desde la consumación de la falta para conductas instantáneas, conforme al artículo 24 de la Ley 1123 de 2007.
Mediante el análisis probatorio, se estableció que la conducta reprochada se consumó el 12 de abril de 2018, cuando el abogado investigado aceptó el mandato sin el paz y salvo del colega anterior. Por lo tanto, al momento en que se inició el proceso disciplinario, el 27 de junio de 2023, ya había transcurrido el término quinquenal de prescripción.
La Comisión enfatizó que la prescripción es un instituto jurídico liberador que protege el derecho del disciplinable a una pronta definición de su situación jurídica, impidiendo que la potestad sancionatoria del Estado quede indefinidamente abierta. Además, se recordó que la prescripción no admite interrupción en este tipo de procesos.
Con base en lo anterior, la Comisión decretó la terminación del procedimiento disciplinario por la extinción de la acción disciplinaria debido a la prescripción, conforme al numeral 2 del artículo 23 y el artículo 103 de la Ley 1123 de 2007.
Conclusión de la resolución
En consecuencia, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial ordenó notificar la decisión y devolver el expediente a la Comisión Seccional de origen para los fines pertinentes, poniendo fin al proceso disciplinario contra el abogado investigado, en atención a la imposibilidad jurídica de continuar con la acción disciplinaria por el fenómeno prescriptivo.
Esta providencia reafirma la aplicación rigurosa del término de prescripción en materia disciplinaria, garantizando el equilibrio entre el ejercicio del ius puniendi estatal y el derecho fundamental de los profesionales del derecho a la seguridad jurídica y pronta definición de sus procesos, contribuyendo así a la confianza en el sistema judicial y a la protección de los derechos de los abogados en el ejercicio de su profesión.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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