Providencia de segunda instancia en proceso disciplinario de abogado
La presente resolución fue proferida por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, órgano de cierre en materia disciplinaria para abogados y funcionarios judiciales, en segunda instancia, tras la apelación presentada contra una sentencia dictada el 4 de agosto de 2023 por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Nariño. El caso involucra a un abogado sancionado por inobservar el deber de colaborar con la recta administración de justicia y por abusar de las vías de derecho conforme a lo establecido en los numerales 6 del artículo 28 y 8 del artículo 33 de la Ley 1123 de 2007. Antecedentes fácticos y procesales
La investigación disciplinaria se originó a partir de una queja presentada en febrero de 2022, en la que se denunció que el abogado desplegó maniobras dilatorias y temerarias en un proceso ejecutivo hipotecario tramitado ante el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Pasto. Estas actuaciones habrían impedido la entrega material de un inmueble adjudicado en remate a la parte demandante. Entre las conductas reprochadas se encuentran la interposición de nulidades infundadas, promoción de incidentes carentes de soporte jurídico, y la presentación de una acción de tutela improcedente, que suspendió procesos y dilató la entrega efectiva del bien por cerca de cuatro años. Durante la etapa probatoria, se recabaron testimonios de funcionarios judiciales, testigos y peritos, quienes confirmaron que las solicitudes y recursos presentados por el abogado no tenían fundamento jurídico suficiente y se dirigieron a obstaculizar el proceso. Se destacó, entre otros hechos, la presentación intempestiva de escrituras no allegadas...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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