Consejo de Estado anula artículos del acuerdo municipal sobre impuesto de delineación urbana en Santa Rosa de Cabal
Proviene de: Sentencias
10 de septiembre de 2025 18:1:12
Contexto y tribunal que emitió la providencia
La Sentencia de segunda instancia fue proferida por la Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia, el 4 de septiembre de 2025. Esta decisión revoca la sentencia del 29 de agosto de 2024 emitida por el Tribunal Administrativo de Risaralda, Sala Cuarta de Decisión, que inicialmente negó la nulidad de ciertos artículos del acuerdo municipal 026 de 2021.
Antecedentes fácticos y procesales
El Concejo Municipal de Santa Rosa de Cabal emitió el acuerdo 026 de 2021, que regula el impuesto de delineación urbana a través de los artículos 185, 186 y 191. El acuerdo estableció como hecho generador del impuesto la solicitud de expedición de la licencia urbanística para construcción, urbanización y parcelación, y señaló que el impuesto se causa en el momento de dicha solicitud, debiendo pagarse como requisito previo para la expedición de la licencia.
Un contribuyente presentó demanda de nulidad contra estos artículos, argumentando que el hecho generador del impuesto, según la Ley 97 de 1913 y normas complementarias, es la construcción o refacción de edificaciones, no la mera solicitud de licencia urbanística. Además, señaló que el municipio no contaba con curador urbano, lo que, según el Decreto 1077 de 2015 y una circular del Ministerio de Vivienda, prohíbe el cobro de expensas por trámites de licenciamiento, y que el acuerdo municipal confundía el impuesto con dichas expensas.
El Tribunal Administrativo de Risaralda desestimó las pretensiones, señalando que la autonomía fiscal de las entidades territoriales permite fijar el momento de causación distinto al...
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