Fijación de tarifas para la administración de recursos de terceros en el Icetex: Acuerdo 11 de 2025
Fijación de tarifas para la administración de recursos de terceros en el Icetex: Acuerdo 11 de 2025
Proviene de: Acuerdos
11 de septiembre de 2025 15:43:52
Tipo de acuerdo, entidades involucradas y fecha
El Acuerdo 11 de 2025 es un acto administrativo emitido por la Junta Directiva del Icetex, entidad financiera de naturaleza especial encargada de administrar créditos educativos y recursos para estudios técnicos en el exterior. Firmado el 1° de agosto de 2025 y publicado en el Diario Oficial No. 53.239 el 10 de septiembre del mismo año, este acuerdo define las tarifas por la prestación de servicios relacionados con la administración de recursos de terceros mediante fondos constituidos y gestionados por la Vicepresidencia de Fondos en Administración del Icetex.
Objeto y finalidad del acuerdo
El acuerdo tiene como objeto fijar la tarifa que el Icetex cobrará por la administración de recursos de terceros, que incluye fondos destinados a ampliar la cobertura y fomentar el acceso y permanencia en la educación superior. La finalidad es establecer un esquema tarifario actualizado y técnicamente fundamentado, que refleje los costos operativos actuales, permita variaciones según las particularidades de cada fondo y garantice la sostenibilidad económica de la entidad en la ejecución de esta función pública.
Ámbito de aplicación
La tarifa fijada es aplicable a los servicios de administración de recursos de terceros gestionados por la Vicepresidencia de Fondos en Administración del Icetex, con alcance nacional. No obstante, el acuerdo excluye expresamente al Ministerio de Educación Nacional, manteniendo vigentes las condiciones actuales para este ente hasta una eventual modificación.
Principales disposiciones y compromisos
El acuerdo establece que la tarifa comprenderá varios componentes: costos fijos y variables, variación por extensión en la liquidación, variación operativa estimada y un factor de rentabilidad. Estos elementos se ajustan a una metodología de costeo por negocio, adaptada desde modelos fiduciarios tradicionales y ajustada a la estructura organizacional y contractual del Icetex.
Además, se dispone que la Oficina Asesora de Planeación coordinará los ajustes internos necesarios para implementar el lineamiento tarifario en un plazo máximo de seis meses desde la publicación del acuerdo. Se fijan también disposiciones sobre el tránsito regulatorio: los fondos constituidos antes de la entrada en vigor seguirán operando bajo el modelo previo, salvo que los constituyentes soliciten voluntariamente acogerse al nuevo esquema. Asimismo, los acuerdos que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2025 podrán mantener el modelo original, salvo decisión contraria del constituyente.
Impacto potencial del acuerdo
La actualización tarifaria propuesta busca reflejar con mayor precisión los costos reales de la administración de fondos, lo cual puede traducirse en una gestión financiera más eficiente y sostenible del Icetex. Al contar con un esquema flexible y adaptable a las características específicas de cada fondo, se mejora la transparencia y la equidad en la prestación del servicio. Este ajuste tarifario, además, contribuye a fortalecer los mecanismos financieros que facilitan el acceso a la educación superior, beneficiando a estudiantes y entidades territoriales que dependen de estos recursos para becas y créditos educativos.
Sustento legal y justificación
El acuerdo se sustenta en diversas normas constitucionales y legales, entre las cuales destacan los artículos 67 y 69 de la Constitución Política de Colombia, que reconocen la educación como derecho y servicio público con función social. Además, la Ley 1002 de 2005 redefine al Icetex como entidad financiera autosostenible, facultada para administrar fondos destinados a ampliar la cobertura educativa. Normas complementarias como el Decreto 1050 de 2006, el Acuerdo 13 de 2022 y el Decreto 380 de 2007 establecen competencias específicas para la Junta Directiva y la Vicepresidencia de Fondos en Administración, en materia de fijación de tarifas y gestión de recursos.
El Decreto 2555 de 2010 también respalda la facultad del Icetex para administrar conjuntamente fondos de financiación educativa y pactar las remuneraciones por dichos servicios. La normatividad de contratación pública y derecho privado aplicable al Icetex, conforme a la Ley 1002 de 2005 y la Ley 1150 de 2007, se observa en la formulación y adopción del presente acuerdo.
Mecanismos de seguimiento y evaluación
El acuerdo prevé un proceso de implementación interna liderado por la Oficina Asesora de Planeación, en coordinación con las Vicepresidencias de Fondos en Administración, Operaciones y Tecnología, la Vicepresidencia Financiera, la Oficina de Riesgos y la Secretaría General. Este mecanismo busca garantizar la adaptación procedimental y operativa para aplicar el nuevo esquema tarifario de manera efectiva. Asimismo, se establece la comunicación formal del acuerdo a las áreas internas involucradas para asegurar su conocimiento y cumplimiento.
Contexto y excepciones
El nuevo esquema tarifario responde a la necesidad de actualizar el modelo vigente desde 2016, incorporando una metodología más ajustada a los costos actuales y a las condiciones particulares de cada fondo. El acuerdo contempla además la reserva de información financiera específica contenida en el anexo técnico, en cumplimiento con la Ley 1712 de 2014 sobre acceso a la información pública y sus excepciones, preservando la confidencialidad necesaria para la negociación de acuerdos estratégicos.
Finalmente, el acuerdo mantiene vigentes las condiciones previas para el Ministerio de Educación Nacional, estableciendo un plazo para la revisión y eventual ajuste de estas tarifas, lo que refleja un enfoque gradual y diferenciado según las características de los constituyentes y la naturaleza de los recursos administrados.
En conclusión, el Acuerdo 11 de 2025 representa un paso importante para modernizar la gestión financiera del Icetex en la administración de recursos de terceros, garantizando transparencia, eficiencia y sostenibilidad. Su implementación permitirá fortalecer los mecanismos de apoyo a la educación superior en Colombia, contribuyendo al desarrollo social y económico del país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.