Creación de la Bonificación Migratoria para servidores de Migración Colombia: Decreto 0978 de 2025 del Ministerio de Relaciones Exteriores
Proviene de: Decretos
11 de septiembre de 2025 15:44:34
Contexto y propósito del decreto
El pasado 10 de septiembre de 2025, el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió el Decreto 0978, publicado en el Diario Oficial No. 53.239, mediante el cual se establece la Bonificación Migratoria para los servidores públicos vinculados a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia (Migración Colombia) en los niveles profesional, técnico y asistencial. Esta unidad, creada por el Decreto Ley 4062 de 2011, es la autoridad encargada de la vigilancia y control migratorio y de extranjería en Colombia, actuando en defensa de la soberanía nacional.
El decreto responde a la necesidad de adaptar las políticas y fortalecer el talento humano ante los crecientes desafíos y demandas en la gestión migratoria del país. La creación de esta bonificación pretende incentivar la especialización, reconocer el compromiso y esfuerzo de los empleados, y contribuir al mejoramiento de la calidad del servicio público en esta materia estratégica para la seguridad y desarrollo nacional.
Medidas y disposiciones establecidas
El Decreto 0978 crea una bonificación salarial trimestral que se adiciona a la asignación básica mensual de los servidores públicos de Migración Colombia en los niveles profesional, técnico y asistencial. Esta bonificación no constituye factor salarial ni prestacional, por lo que no genera derechos laborales adicionales más allá del pago mismo.
Para el cálculo del monto de la bonificación, se aplican porcentajes específicos sobre la asignación básica mensual, ajustados según el nivel, cargo y grado salarial de cada servidor activo al cierre del trimestre respectivo. Además, se establece como requisito indispensable para acceder a la bonificación haber cumplido al menos un año de antigüedad en la entidad.
El pago de esta bonificación se realizará en cuatro períodos trimestrales anuales. Se contempla además el pago proporcional en casos de servidores que cumplan el requisito de antigüedad dentro del trimestre o que no hayan laborado la totalidad del período correspondiente.
El decreto prohíbe que cualquier autoridad establezca o modifique el régimen salarial o prestacional creado, en concordancia con la Ley 4ª de 1992. Asimismo, se mantiene la prohibición de que una persona desempeñe simultáneamente más de un empleo público con asignación proveniente del Tesoro Público, salvo excepciones legales.
Ámbito de aplicación y actores involucrados
La Bonificación Migratoria se aplica exclusivamente a los servidores públicos vinculados a la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en los niveles profesional, técnico y asistencial. No alcanza a otras entidades del sector público ni a empleados bajo regímenes diferentes.
La entidad encargada de conceptuar en materia salarial y prestacional es el Departamento Administrativo de la Función Pública, que cuenta con competencia exclusiva para estos asuntos conforme al decreto y la normatividad vigente. Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó la viabilidad presupuestal para la implementación de esta bonificación, la cual será financiada con recursos del presupuesto de funcionamiento de Migración Colombia.
Base legal y vigencia
El decreto se expide en ejercicio de las facultades constitucionales y legales del Presidente de la República, en desarrollo de la Ley 4ª de 1992, que regula el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, y en cumplimiento de las normas generales y orientaciones impartidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores como organismo rector del sector.
Además, el decreto se alinea con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que promueve políticas públicas de trabajo digno y decente, y fomenta el diálogo social como herramienta para mejorar las condiciones laborales.
El Decreto 0978 entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, es decir, desde el 11 de septiembre de 2025. No deroga ni modifica actos administrativos previos, sino que establece una nueva bonificación dentro del marco legal vigente.
Implicaciones para la ciudadanía y las entidades afectadas
Para los servidores públicos de Migración Colombia, esta bonificación representa un reconocimiento económico y un incentivo para fortalecer su desempeño en un contexto de alta demanda y complejidad operativa. Al mejorar las condiciones laborales y motivar la especialización, se espera contribuir al fortalecimiento institucional de la entidad y a la prestación de un mejor servicio a la ciudadanía.
Para la sociedad en general, el decreto busca impactar positivamente en la calidad y eficiencia de la gestión migratoria, un área clave para la seguridad nacional, el desarrollo social y la integración internacional.
Finalmente, el decreto invita a las entidades involucradas y a la ciudadanía en general a acoger las medidas establecidas para asegurar su correcta implementación y cumplimiento, promoviendo así un entorno laboral más justo y competitivo dentro del sector público.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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