Entidades emisoras y contexto normativo
La Resolución 00020314 fue emitida el 9 de septiembre de 2025 por el Subgerente de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y publicada en el Diario Oficial No. 53.239 el 10 de septiembre de 2025. La autoridad responsable de esta regulación es el ICA, entidad encargada de la vigilancia sanitaria y fitosanitaria del sector agropecuario en Colombia. Su labor se fundamenta en varias normas, entre ellas el artículo 4° del Decreto 3761 de 2009, el Decreto 1071 de 2015, y la Resolución ICA 13314 de 2023, que le confieren la competencia para establecer medidas de control sanitario en la importación de productos agropecuarios.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula específicamente los
requisitos sanitarios para la importación de harina de origen aviar (carne, hueso, sangre y pluma) procedente de Portugal, destinada al consumo animal. Está dirigida a todas las personas naturales o jurídicas que deseen importar este producto a Colombia. Este enfoque es relevante, dado que la harina aviar puede representar un riesgo potencial para la sanidad animal si no se cumplen estrictos criterios sanitarios, lo que justifica la intervención técnica del ICA para proteger la salud agropecuaria nacional.
Finalidad y objetivo de la resolución
El objetivo central de esta resolución es
establecer un marco claro y detallado de requisitos sanitarios que deben cumplirse para autorizar la importación de harina aviar desde Portugal. La finalidad es prevenir la introducción y propagación de plagas y enfermedades que podrían afectar la producción animal en Colombia, asegurando que los productos importados cumplan con estándares internacionales y nacionales de sanidad.
Decisiones y regulaciones clave
La resolución establece un conjunto de requisitos muy específicos para garantizar la seguridad sanitaria del producto importado, entre los que destacan:
- Origen libre de enfermedades: El producto debe provenir de aves de zonas libres de Influenza Aviar y Enfermedad de Newcastle, certificadas conforme a los criterios de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
- Procesamiento certificado: La harina debe ser elaborada en plantas de sacrificio y procesamiento (“rendering”) autorizadas oficialmente en Portugal, sin contaminación cruzada con otros productos.
- Tratamientos térmicos y microbiológicos: Se exigen procesos de calor (mínimo 120°C por 30 minutos o secado a 98°C por 30 minutos) para eliminar patógenos, así como controles microbiológicos estrictos, incluyendo ausencia de salmonella y límites específicos para enterobacteriaceae.
- Empaque y transporte: El producto debe ser embalado en envases nuevos con información clara y transportado bajo condiciones higiénico-sanitarias que eviten la contaminación.
- Control oficial: La autoridad sanitaria colombiana ejercerá actividades de inspección y vigilancia con facultades de policía sanitaria para verificar el cumplimiento de estos requisitos.
Base legal y procedimientos técnicos
La resolución se fundamenta en varias normas nacionales e internacionales, incluyendo:
- Decreto 3761 de 2009 y Decreto 1071 de 2015, que regulan las competencias del ICA.
- Resoluciones ICA 8389 y 13633 de 2023, que establecen procedimientos para análisis de riesgos y creación del Comité de Importaciones.
- Normativa europea, especialmente el Reglamento 142/2011 y el Reglamento CE 1069/2009, que regulan los procesos de transformación y requisitos microbiológicos para productos de origen animal.
- Acuerdos internacionales como el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
El procedimiento para establecer estos requisitos incluyó una
evaluación de riesgos abreviada que consideró el estatus sanitario de Portugal y el producto específico, resultando en un concepto técnico favorable. Además, se llevó a cabo un proceso de consulta pública nacional e internacional, y se contó con la revisión y recomendaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en materia de competencia económica.
Modificaciones y vigencia
Esta resolución no modifica ni revoca disposiciones previas específicas, pero incorpora a Portugal como país autorizado para la exportación de harina aviar a Colombia, sumándose a otros países que ya cuentan con requisitos establecidos para este producto. La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y establece un marco permanente para el control sanitario de estas importaciones.
Impacto potencial
La adopción de estos requisitos sanitarios representa un avance en la protección del sector agropecuario colombiano, ya que impone estándares claros y elevados para la importación de productos con riesgo sanitario. Al armonizar las exigencias con normativas internacionales y los criterios técnicos científicos de evaluación de riesgos, se promueve un comercio internacional seguro y responsable. Además, la resolución refuerza el papel del ICA como garante de la sanidad animal y vegetal, contribuyendo a la prevención de enfermedades y a la preservación de la salud pública y el medio ambiente.
Este marco regulatorio también sirve como referencia para importadores y exportadores, quienes deben ajustarse a estas disposiciones para garantizar la legalidad y seguridad de sus operaciones comerciales. Asimismo, fortalece la transparencia y la participación mediante la consulta pública, promoviendo la confianza en las decisiones administrativas.
Para consultar el texto completo de la Resolución 00020314 de 2025, puede accederse al Diario Oficial No. 53.239 del 10 de septiembre de 2025 o a través de la página oficial del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).