Entidades y contexto normativo
El Ministerio de Transporte emitió la Resolución 20253040037125 el 10 de septiembre de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.240. Esta sustituye el Capítulo 7 del Título 3 de la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito número 20223040045295 de 2022, con énfasis en los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE). La resolución se fundamenta en diversas normas nacionales, entre ellas la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), sus reformas posteriores, la Ley 2251 de 2022 (Ley Julián Esteban), y el Decreto 1430 de 2022 que aprueba el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031. Además, responde a órdenes judiciales que instan a reglamentar completamente el proceso de evaluación de conductores.
Objeto y alcance de la resolución
El objetivo principal es reglamentar los requisitos para el registro y operación de los CALE en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), así como establecer las condiciones para la realización de los exámenes teórico y práctico de conducción que deben presentar los aspirantes para obtener o recategorizar su licencia de conducción. La resolución es aplicable en todo el territorio nacional y está dirigida a las Instituciones de Educación Superior de naturaleza pública, autoridades públicas y entidades privadas que deseen prestar el servicio de evaluación.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales disposiciones, la resolución:
- Define a los CALE como organismos de apoyo a las autoridades de tránsito para realizar los exámenes de conducción, con un registro obligatorio en el RUNT.
- Establece que las Instituciones de Educación Superior públicas tienen prioridad para operar CALE, pero autoriza a autoridades públicas y entidades privadas a hacerlo en zonas sin cobertura.
- Clasifica los CALE en tres clases, según las categorías de licencias que pueden evaluar (Clase I, II y III).
- Detalla requisitos rigurosos para la habilitación de los CALE, incluyendo acreditación institucional de alta calidad, certificaciones ISO (9001, 14001, 45001 y 27001), planes de implementación con cobertura geográfica amplia, y condiciones técnicas y operativas.
- Prohíbe que personas naturales o jurídicas vinculadas a Centros de Enseñanza Automovilística (CEA) sean registradas como CALE, para evitar conflictos de interés.
- Establece la obligación de contar con evaluadores certificados, vehículos adecuados, seguros de responsabilidad civil y accidentes personales, y plataformas tecnológicas seguras para la realización y registro de los exámenes.
- Regula el proceso de presentación y evaluación de los exámenes teórico y práctico, incluyendo la estructura de las pruebas, criterios de aprobación, plazos para la presentación de cada fase, y mecanismos para la comunicación de resultados al aspirante.
- Impone la obligación de realizar encuestas de satisfacción a los usuarios y publicar los resultados anualmente para reconocer a los CALE destacados.
- Establece un rango tarifario para los servicios ofrecidos por los CALE, con controles sobre precios y transparencia en la facturación y recaudo.
- Regula la vigilancia, inspección y control que ejercerá la Superintendencia de Transporte, con monitoreo continuo a través del Sistema de Control y Vigilancia (SICOV).
- Dispone la evaluación del impacto de la medida durante dos años por parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), con informes y recomendaciones para ajustes futuros.
Marco legal y modificaciones
La resolución se fundamenta en múltiples leyes y decretos nacionales que regulan el tránsito, la seguridad vial y la formación de conductores. Además, responde a sentencias judiciales que ordenaron la completa reglamentación del examen teórico y práctico conforme a la Ley Julián Esteban. La presente norma sustituye el capítulo correspondiente de la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito de 2022, actualizando y fortaleciendo el marco regulatorio previo.
Plazos y fases de implementación
El proceso de entrada en operación de los CALE se divide en cuatro fases, con plazos establecidos para la presentación de solicitudes, análisis y suscripción de contratos, registro en el RUNT, y puesta en marcha de la capacidad para realizar los exámenes, incluyendo un plazo máximo de 24 meses para la implementación total del examen práctico. El Ministerio de Transporte podrá ampliar estos términos si existen justificaciones razonadas.
Impacto potencial
Esta regulación pretende elevar los estándares de calidad y seguridad en la evaluación de conductores, garantizando que quienes obtengan o recategoricen su licencia cumplan con requisitos técnicos, académicos y de idoneidad. Al consolidar un sistema uniforme, transparente y supervisado en todo el país, se busca mejorar la seguridad vial, reducir siniestros y profesionalizar la conducción. Además, la inclusión de mecanismos de monitoreo y evaluación permitirá ajustes continuos para mantener la efectividad del sistema.
En suma, la Resolución 20253040037125 de 2025 representa un avance significativo en la modernización del sistema de licenciamiento de conductores en Colombia, alineado con estándares nacionales e internacionales y con un enfoque integral en la seguridad vial y la calidad del servicio. Con esta reglamentación, se espera fortalecer la confianza de la ciudadanía en el proceso de obtención de licencias y contribuir a la reducción de accidentes de tránsito en el país.