Corte Suprema de Justicia confirma rechazo de recurso de súplica en proceso de casación
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 22:45:38
Contexto y tribunal competente
La providencia en análisis fue proferida por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia. Se trata de un auto, identificado como AC5893-2025, fechado el 4 de septiembre de 2025, que resuelve un recurso de súplica presentado contra una decisión previa de la misma Sala respecto a un proceso verbal de pertenencia.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó en el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, Sala Civil Familia, que emitió sentencia el 30 de septiembre de 2024 en un proceso verbal de pertenencia promovido contra una persona y terceros indeterminados. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación que fue declarado desierto por el Magistrado Ponente mediante el auto AC3835-2025. Contra esta declaración, se interpuso un recurso de súplica que fue objeto de la presente decisión.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El análisis jurídico se centró en la procedencia y naturaleza del recurso de súplica frente al auto que declaró la deserción del recurso de casación. El Código General del Proceso establece en el artículo 331 que la súplica procede contra autos dictados por el magistrado sustanciador en segunda instancia, siempre que sean apelables. Por otro lado, el artículo 318 dispone que la reposición es procedente frente a autos del magistrado sustanciador no susceptibles de súplica, así como contra los de la Sala de Casación Civil.
El auto que declara la deserción de un recurso no está contemplado como apelable en el artículo 321 ni en otra norma procesal, por lo que su impugnación no puede tramitarse mediante súplica, sino por reposición según el artículo 318. Además, el parágrafo del mismo artículo señala que si se interpone un recurso improcedente, la impugnación debe tramitarse por las reglas del recurso procedente, siempre que se haya presentado oportunamente.
En consecuencia, la Sala confirmó el rechazo del recurso de súplica y ordenó devolver la actuación al despacho de origen para que se provea sobre la reposición, recurso que sí resulta procedente frente al auto que declaró la deserción del recurso de casación.
Implicaciones de la decisión
Esta providencia reafirma los criterios sobre la procedencia de los recursos en la etapa de casación, señalando que no todos los autos dictados en esta instancia son susceptibles de súplica, y que la reposición debe ser el mecanismo para impugnar ciertas decisiones, especialmente aquellas relacionadas con la deserción de recursos. Así, se garantiza el respeto a las reglas procesales y se orienta a las partes sobre el procedimiento adecuado para impugnar decisiones en la Corte Suprema de Justicia.
La decisión fue adoptada por el Magistrado Ponente y notificada conforme a derecho, consolidando la práctica jurisprudencial en materia de recursos y procedimientos ante la Sala de Casación Civil. Con esta sentencia, se fortalece la seguridad jurídica y se promueve un uso adecuado de los mecanismos procesales, evitando dilaciones innecesarias en el trámite de los procesos judiciales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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