Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Corte Suprema de Justicia niega solicitud de nulidad en proceso ejecutivo por incumplimiento de requisitos procesales

Proviene de: Sentencias

12 de septiembre de 2025 22:48:46

Contexto y tribunal competente

La providencia fue emitida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en segunda y última instancia, mediante auto fechado en septiembre de 2025. La decisión se originó en un recurso de nulidad planteado en el marco de un proceso ejecutivo promovido por una compañía financiera en contra de otra sociedad, en el que se debatía la admisión y el trámite del recurso extraordinario de revisión.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso ejecutivo se inició con una demanda presentada por la compañía financiera. La parte demandada formuló un recurso de revisión contra la sentencia dictada por la Sala Civil del Tribunal Superior de una ciudad principal en 2022. La Corte Suprema admitió el recurso en 2024, pero posteriormente decidió no tener en cuenta ciertas defensas presentadas por el apoderado de la compañía financiera debido a la falta de acreditación del derecho de postulación y a la presentación extemporánea de las mismas. La compañía financiera interpuso recursos de reposición y súplica contra esta decisión, alegando que había radicado oportunamente la contestación al recurso de revisión, incluyendo los anexos necesarios como el poder de representación y el certificado de existencia y representación legal. Sin embargo, se comprobó que el correo electrónico con dichos anexos no fue recibido por la Secretaría de la Sala de Casación Civil, según informe oficial de la Mesa de Ayuda de Correo Electrónico del Consejo Superior de la Judicatura. El apoderado intentó reiterar la nulidad de lo actuado, argumentando la recepción intempestiva de los documentos y solicitando...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Civil

No se encontraron sugerencias