Corte Suprema define competencia para entrega definitiva de vehículo incautado en proceso penal por apoderamiento de hidrocarburos
Corte Suprema define competencia para entrega definitiva de vehículo incautado en proceso penal por apoderamiento de hidrocarburos
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:25:45
Contexto y antecedentes procesales
El pronunciamiento judicial se da en el marco de un proceso penal iniciado por la incautación de un vehículo tipo tractomula, retenido en un puesto de control en Cundinamarca en mayo de 2015. El automotor estaba vinculado al transporte ilícito de hidrocarburos extraídos ilegalmente de la infraestructura de una empresa estatal, actividad atribuida a una organización criminal que operaba en varias regiones del país.
La incautación fue legalizada por un juzgado municipal con función de control de garantías en Cundinamarca y el vehículo fue entregado provisionalmente a una tercera persona en Casanare. Posteriormente, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Bogotá profirió una sentencia condenatoria en enero de 2025 contra el procesado, dejando el vehículo a disposición de la Fiscalía para los trámites de extinción de dominio conforme a la Ley 1708 de 2014. Sin embargo, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó la condena y absolvió al procesado en mayo de 2025, absteniéndose de decidir sobre la entrega definitiva del vehículo y remitiendo esa competencia al juzgado municipal que había hecho la entrega provisional.
La defensa solicitó la entrega definitiva del vehículo ante el juzgado municipal en Casanare, pero esta autoridad se declaró incompetente por razón territorial, indicando que el juzgado de Cundinamarca era competente. A su vez, el juzgado en Bogotá tampoco aceptó competencia, con base en la decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior. Esta situación generó una controversia sobre cuál juzgado debía conocer la solicitud, que fue remitida a la Corte Suprema de Justicia para su definición.
Consideraciones jurídicas de la Corte Suprema
La Corte Suprema recordó que, conforme a la Ley 906 de 2004, la competencia para resolver impugnaciones de competencia cuando hay controversia entre autoridades de distintos distritos judiciales corresponde a esta Sala. Se enfatizó la necesidad de respetar el trámite de impugnación de competencia mediante audiencia, garantizando el derecho de contradicción y publicidad.
Sobre el comiso, la Corte reiteró su naturaleza como medida que implica la privación definitiva del dominio de un bien vinculado con un hecho delictivo, conforme a lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia constitucional. La decisión sobre el comiso debe realizarse en la sentencia o en un trámite posterior, respetando los derechos de defensa y contradicción de las partes y terceros interesados.
En el caso concreto, la Corte identificó cuatro posibles escenarios respecto a la decisión sobre el comiso y aclaró que, cuando la sentencia no se pronuncia sobre este y la petición se presenta después de la ejecutoria, la resolución corresponde a un auto interlocutorio y no a una sentencia. Por ello, la competencia para conocer de la solicitud de entrega definitiva es del juez que emitió la sentencia penal de primera instancia.
Decisión final y efectos
La Corte Suprema declaró que corresponde al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Bogotá resolver la solicitud de entrega definitiva del vehículo incautado, dado que fue esta autoridad la que conoció el proceso penal principal y profirió la sentencia respectiva. En consecuencia, remitió las actuaciones a dicho juzgado para que continúe el trámite correspondiente.
Adicionalmente, se ordenó comunicar esta decisión a los juzgados municipales con función de control de garantías involucrados en el caso y se estableció que contra esta determinación no procede recurso alguno.
Esta providencia busca garantizar la seguridad jurídica y evitar dilaciones innecesarias en la resolución de solicitudes relacionadas con medidas cautelares de bienes vinculados a procesos penales por delitos contra el patrimonio estatal, contribuyendo así a la efectividad de la justicia y la protección del interés público.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.