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Corte Suprema declara nulidad por irregularidades en notificación de sentencia penal de segunda instancia

Proviene de: Sentencias

12 de septiembre de 2025 23:41:12

Providencia y contexto procesal

La decisión fue emitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en el marco de un recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia confirmatoria dictada por el Tribunal Superior de Pereira. La providencia se refiere al análisis de la admisibilidad del recurso y, finalmente, a la declaración de nulidad de la actuación procesal por la vulneración del debido proceso en aspectos sustanciales. Los hechos se remontan a un accidente de tránsito ocurrido en 2018, donde un conductor fue condenado por homicidio culposo tras atropellar a un menor que transitaba en bicicleta. La condena fue confirmada en segunda instancia, pero la defensa impugnó la decisión a través del recurso de casación.

Principales consideraciones jurídicas

La Corte Suprema recordó que el debido proceso, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política y reforzado por diversos instrumentos internacionales, es un derecho fundamental que se aplica a todas las actuaciones judiciales. En materia penal, la Ley 906 de 2004 establece que nadie puede ser juzgado sino conforme a la ley vigente y con la observancia de las formas propias de cada juicio. Una de las garantías procesales esenciales es la notificación adecuada de las providencias. En particular, el artículo 179 de la Ley 906 de 2004, modificado por la Ley 1395 de 2010, dispone que la sentencia de segunda instancia debe ser notificada mediante audiencia pública de lectura de fallo en estrados, acto que marca el inicio del cómputo de los términos para interponer recursos. En el caso analizado, el Tribunal Superior omitió...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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