Corte Suprema de Justicia declara nulidad por irregularidad en notificación de sentencia penal en segunda instancia
Corte Suprema de Justicia declara nulidad por irregularidad en notificación de sentencia penal en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
12 de septiembre de 2025 23:46:13
Contexto y tribunal de la decisión
La providencia judicial en análisis fue emitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, máxima instancia penal del país, en el marco de un proceso de casación interpuesto contra una sentencia de apelación dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta. La controversia gira en torno a una condena por el delito de inasistencia alimentaria, ratificada en segunda instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso penal se originó por el incumplimiento reiterado y sin justa causa de la cuota alimentaria ordenada para una menor, entre noviembre de 2013 y marzo de 2019. La Fiscalía formuló acusación bajo el procedimiento especial abreviado contemplado en la Ley 1826 de 2016. Tras un juicio oral desarrollado entre septiembre de 2020 y agosto de 2021, el juzgado de primera instancia dictó sentencia condenatoria, imponiendo una pena de prisión y multa, además de la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
El fallo fue apelado y confirmado en segunda instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta mediante resolución del 20 de septiembre de 2022. Sin embargo, en lugar de realizar la audiencia pública de lectura del fallo, el tribunal notificó la decisión por correo electrónico, lo que generó la interposición del recurso extraordinario de casación.
Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
La Corte Suprema de Justicia señaló que la notificación de sentencias en segunda instancia debe realizarse en audiencia pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 179 de la Ley 906 de 2004, que establece como obligatorio el acto de lectura del fallo en estrados. Este requisito constituye un elemento fundamental del debido proceso y del sistema penal acusatorio, sustentado en los principios de oralidad y publicidad.
La omisión de la audiencia pública vulneró la estructura formal y material del proceso, afectando la validez de la notificación y la correcta contabilización de los términos para interponer el recurso de casación. La notificación por correo electrónico no cumple con las exigencias legales y, por tanto, constituye una irregularidad sustancial que afecta derechos procesales fundamentales.
Por ello, la Sala de Casación Penal declaró la nulidad parcial de las actuaciones desde la notificación de la sentencia de segunda instancia y ordenó devolver el expediente a la instancia judicial para que convoque a las partes a la audiencia pública de lectura del fallo, la cual podrá realizarse de forma presencial o virtual, conforme a la Ley 2213 de 2022, garantizando así la publicidad y la posibilidad real de interponer recursos.
Implicaciones procesales
Esta decisión enfatiza la importancia de respetar las formalidades procesales en el sistema penal acusatorio, especialmente en lo relativo a la notificación de decisiones judiciales relevantes. La nulidad declarada no afecta el fondo de la sentencia, sino el procedimiento para su notificación y la garantía de los derechos de las partes.
Se establece un plazo perentorio de quince días para que la instancia judicial reprograme la audiencia de lectura del fallo, asegurando el cumplimiento estricto de la ley y evitando vicios procesales que puedan afectar la legitimidad del proceso judicial.
Esta providencia reafirma el compromiso del sistema judicial con la transparencia, la publicidad y el respeto a los derechos procesales en todos los niveles del proceso penal, consolidando la oralidad como pilar fundamental del debido proceso.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.