Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución 00001888 fue expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social el 15 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.244 en la misma fecha. Esta normativa se enmarca en el proceso de implementación de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica (IHCE), regulada previamente por la Ley 2015 de 2020 y la Resolución 866 de 2021.
Tema principal y destinatarios
El asunto central de esta resolución es la adopción del Resumen Digital de Atención en Salud (RDA) como mecanismo estándar para el intercambio de datos clínicos relevantes entre los actores del sistema de salud. Está dirigida a todos los prestadores de servicios de salud, entidades territoriales y demás sujetos obligados definidos en la Resolución 866 de 2021. Este grupo es clave para garantizar la implementación homogénea y efectiva de la IHCE, permitiendo que la información clínica sea accesible y útil en cualquier punto de atención.
Objetivo de la resolución
El principal propósito es establecer un modelo nacional para la generación, envío, búsqueda y consulta del RDA, facilitando la interoperabilidad de la historia clínica electrónica. Esta medida pretende asegurar la continuidad del cuidado, proteger la privacidad de los datos sensibles y optimizar los recursos tecnológicos ya existentes en las instituciones de salud.
Decisiones y regulaciones clave
La resolución define que el RDA contendrá los datos clínicos relevantes estandarizados, previamente determinados en la Resolución 866 de 2021, como información mínima necesaria para la interoperabilidad. Se establecen cuatro tipos iniciales de RDA:
- RDA de paciente: Datos generados tras cualquier evento clínico.
- RDA de hospitalización: Información de procesos intrahospitalarios para continuidad asistencial y referencia.
- RDA de consulta externa: Datos de atenciones ambulatorias para facilitar el manejo integral del paciente.
- RDA de urgencias: Información inmediata de atención en servicios de urgencias.
Asimismo, se establecen los servicios electrónicos asociados al RDA: generación, envío y consulta, garantizando seguridad, integridad y confidencialidad en cada etapa. El Ministerio dispondrá los componentes técnicos necesarios y reglamentará el proceso mediante un anexo técnico que orientará a los actores del sistema.
Base legal y normativa relacionada
La resolución se fundamenta en varias normas, entre ellas la Ley 1438 de 2011, la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la Ley 2015 de 2020 y el Decreto 1263 de 2022, que regulan aspectos de la salud pública, la protección de datos personales y la transformación digital del sector salud. Además, complementa la Resolución 866 de 2021, que estableció los datos clínicos relevantes para la interoperabilidad.
Modificaciones y plazos
Esta Resolución no revoca normas anteriores, sino que complementa y desarrolla el marco para la implementación del RDA. Se establece un plazo máximo de seis meses, contados a partir del 15 de octubre de 2025, para que los actores del sistema ajusten sus sistemas de información y comiencen a interoperar según los nuevos estándares.
Impacto potencial
Con la adopción del RDA en el marco de la IHCE, se prevé una mejora sustancial en la calidad y eficiencia de la atención en salud en Colombia. La disponibilidad inmediata y segura de información clínica facilitará la continuidad del cuidado, reducirá riesgos asociados a la falta de datos y promoverá un sistema más integrado y centrado en el paciente. Además, fortalece la protección de la privacidad y la confidencialidad, elementos esenciales en el manejo de datos sensibles en salud.
Este avance representa un paso decisivo hacia la modernización digital del sistema sanitario, alineándose con las políticas nacionales de Gobierno Digital y transformación tecnológica, y contribuyendo a un servicio de salud más efectivo y seguro para toda la población. De esta forma, Colombia consolida su compromiso con la innovación en salud y el bienestar de sus ciudadanos, estableciendo un referente en la región en materia de interoperabilidad y gestión digital de la información clínica.