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Consejo de Estado confirma negativa de responsabilidad precontractual en proceso de selección de prestador de servicios públicos domiciliarios

Proviene de: Sentencias

17 de septiembre de 2025 16:39:20

Contexto y Tribunal que profiere la decisión

La providencia judicial que se analiza es una sentencia de segunda instancia emitida por la Subsección A de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. Se resuelve un recurso de apelación interpuesto contra sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia, que en primera instancia había negado las pretensiones de una demanda de reparación directa.

Antecedentes fácticos y procesales

En mayo de 2016, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. (EPM), empresa industrial y comercial del Estado encargada de la prestación de servicios públicos domiciliarios, convocó una solicitud pública de ofertas para contratar el servicio de transporte terrestre para sus servidores y personas autorizadas. La modalidad de selección contemplaba la evaluación y comparación de ofertas presentadas por diferentes empresas, ponderando principalmente dos factores: el cumplimiento de contratos anteriores (10 puntos) y la tasa administrativa (AU) ofrecida sobre la tarifa hora propietario (90 puntos). Tres proponentes presentaron ofertas, entre ellos la sociedad actora y una empresa contratista seleccionada por EPM. La parte demandante impugnó la admisión y evaluación de la oferta de la empresa seleccionada, alegando que esta contenía inconsistencias, como la presentación de una tasa administrativa artificialmente baja debido a la omisión o doble inclusión de ciertos costos e impuestos, y que EPM no aplicó adecuadamente las causales de eliminación establecidas en el pliego de condiciones. La demandante solicitó que se declarara la responsabilidad precontractual de EPM, la nulidad del contrato celebrado con la empresa seleccionada, y la indemnización por daños y perjuicios, incluyendo lucro cesante y gastos ocasionados durante...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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