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Consejo de Estado revoca auto que rechazó demanda en proceso de liquidación de EPS Medimás

Proviene de: Sentencias

17 de septiembre de 2025 17:36:12

Providencia de apelación en segunda instancia del Consejo de Estado

El pasado 4 de septiembre de 2025, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió un recurso de apelación interpuesto contra un auto emitido el 3 de abril de 2025 por la Subsección A de la misma sección del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La providencia judicial responde a un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por una sociedad dedicada al transporte, relacionada con el manejo de acreencias en el marco de la liquidación forzosa administrativa de Medimás EPS S.A.S.

Antecedentes fácticos y procesales

La demandante interpuso acción contra el agente especial liquidador de Medimás EPS S.A.S. en liquidación forzosa administrativa y contra la sociedad mandataria contratada para administrar las situaciones no definidas del proceso liquidatorio, así como contra la Superintendencia Nacional de Salud. La demanda solicitaba declarar la nulidad de dos resoluciones que determinaron y calificaron ciertas obligaciones excluidas y a cargo de la masa de liquidación, y reconocía a la empresa demandante como acreedora por una suma relevante por servicios prestados. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmitió inicialmente la demanda por falta de exclusión de la Superintendencia Nacional de Salud y por requerir la actualización de la capacidad de representación legal de la demandante. Posteriormente, el tribunal rechazó la demanda por considerar que la sociedad mandataria no podía ser parte demandada ni representar a la empresa en liquidación, dado que ésta había sido extinguida jurídicamente.

Consideraciones centrales del Consejo de Estado

El Consejo de Estado analizó la...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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