Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en ejercicio de su competencia para resolver recursos de apelación contra autos de primera instancia, conoció el recurso interpuesto contra el auto del 8 de mayo de 2025, proferido por la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Dicho auto rechazó la demanda presentada por una entidad hospitalaria pública contra Medimás EPS S.A.S. en liquidación forzosa administrativa y la Superintendencia Nacional de Salud.
Antecedentes fácticos y procesales
La entidad hospitalaria demandante ejerció el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho para impugnar dos resoluciones emitidas por el agente liquidador de Medimás EPS, mediante las cuales se calificaron y graduaron obligaciones excluidas y a cargo de la masa de liquidación, especialmente aquellas relacionadas con servicios de salud prestados al hospital. La demanda solicitaba la nulidad parcial de dichas resoluciones por supuesta falta de motivación y el reconocimiento y pago de una deuda de aproximadamente 42 mil millones de pesos, incluyendo intereses moratorios.
El tribunal de primera instancia inadmitió inicialmente la demanda por diversas falencias, y luego, pese a que la demandante subsanó la mayoría de los requerimientos, rechazó la demanda por considerar que la sociedad mandataria designada no se había subrogado en las obligaciones de Medimás EPS respecto de actos administrativos previos a la suscripción del contrato de mandato, y que la Superintendencia Nacional de Salud carecía de legitimación para ser demandada en el caso.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado analizó el recurso de apelación y determinó que:
- Los actos administrativos proferidos durante...