CREG propuso modificación en plazos para presentación de contratos en subastas del Cargo por Confiabilidad en el sector eléctrico
Proviene de: Proyectos de Resolución
18 de septiembre de 2025 21:8:52
Propósito General del Proyecto de Resolución
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), en ejercicio de sus facultades legales establecidas en las leyes 142 y 143 de 1994 y diversos decretos reglamentarios, presentó un proyecto de resolución cuyo propósito general es modificar el parágrafo 1 del artículo 36 de la Resolución CREG 101 024 de 2022. Esta modificación está orientada a ajustar los plazos para la entrega de contratos auditados de suministro y transporte de combustibles por parte de los agentes generadores con plantas y unidades de generación térmica que respaldan Obligaciones de Energía Firme (OEF) en el Mercado Mayorista de Energía.
Objetivo Principal y Beneficios
El objetivo principal del proyecto es armonizar el cronograma de negociación del gas natural con los tiempos de presentación ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) de los contratos que respaldan las obligaciones de energía firme. Actualmente, los plazos establecidos generan una imposibilidad para que el gas negociado durante el trimestre estándar anterior sea utilizado para respaldar las obligaciones en el período inmediatamente posterior. La modificación busca reducir la anticipación requerida para presentar dichos contratos, facilitando la planeación y operación eficiente del sistema eléctrico.
Los principales beneficiarios de esta iniciativa son los agentes generadores térmicos, quienes podrán ajustar de manera más flexible la presentación de sus contratos, y en consecuencia, la Comisión espera que se fortalezca la eficiencia y confiabilidad en la prestación del servicio eléctrico, en beneficio de los usuarios y del sistema en general.
Nuevas Disposiciones y Mecanismos Introducidos
El proyecto establece que todos los participantes en la subasta con plantas y unidades de generación térmica deberán remitir al ASIC, a más tardar un (1) mes antes del inicio del período de vigencia de la obligación, copia de los contratos auditados que respalden la obligación de energía firme. Esta disposición sustituye el plazo anterior que exigía la entrega tres (3) meses antes.
Asimismo, se mantiene la obligación del ASIC de emitir comunicaciones a través del Sistema Único de Información y Comunicación Comercial (SUICC) sobre la oportunidad de entrega de los contratos y basadas en las auditorías realizadas a los mismos. Esto garantiza transparencia y seguimiento en el proceso.
Acciones y Regulaciones Establecidas
Esta modificación regula específicamente el proceso de entrega de contratos de suministro y transporte en firme de gas natural o de otros combustibles para plantas y unidades térmicas que participan en las subastas del Cargo por Confiabilidad dentro del Mercado Mayorista.
El ajuste del plazo para la entrega de contratos busca sincronizar el calendario de negociación del gas natural con las fechas de presentación de los documentos ante el ASIC, lo que contribuye a una mejor planificación y respaldo de las obligaciones de energía firme, reduciendo posibles inconvenientes operativos.
Impacto Esperado y Relevancia Estratégica
La reducción del plazo para la presentación de contratos representa un avance en la armonización de los procesos regulatorios y comerciales en el sector eléctrico. Se espera que esta medida facilite a los generadores la gestión de sus obligaciones y contratos, promoviendo una mayor eficiencia en la operación del Mercado Mayorista de Energía.
Además, esta iniciativa contribuye al cumplimiento de los objetivos estratégicos del sector eléctrico previstos en la Ley 143 de 1994, tales como asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente y confiable, promover la competencia y garantizar la calidad y seguridad del servicio para los usuarios.
Participación y Consulta Pública
El proyecto de resolución fue aprobado para someterse a consulta pública por un término de diez (10) días hábiles desde su publicación en el portal web de la CREG. Durante este periodo, se invita a empresas, usuarios, autoridades y demás partes interesadas a presentar observaciones y sugerencias mediante comunicaciones electrónicas dirigidas al director ejecutivo de la CREG.
Esta instancia de participación es fundamental para garantizar la inclusión de distintos actores del sector y para enriquecer la regulación con aportes técnicos y prácticos que contribuyan a su efectividad y aplicabilidad.
Conclusión
La Comisión de Regulación de Energía y Gas continúa actualizando y perfeccionando el marco regulatorio del sector eléctrico para responder a las necesidades del mercado y a las condiciones operativas actuales. La propuesta de modificación del plazo para la entrega de contratos auditados en las subastas del Cargo por Confiabilidad evidencia un esfuerzo por optimizar la coordinación entre la negociación del gas natural y la presentación de documentos que respaldan las obligaciones de energía firme, fortaleciendo así la eficiencia y confiabilidad del sistema eléctrico nacional. De esta manera, se avanza hacia un mercado eléctrico más dinámico, transparente y alineado con las mejores prácticas internacionales, en beneficio de todos los actores y usuarios del sistema.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Energía
No se encontraron sugerencias
CREG propuso modificación en plazos para presentación de contratos en subastas del Cargo por Confiabilidad en el sector eléctrico