Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recursos de apelación en proceso sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 14:5:38
Contexto y competencia del tribunal
La Sección Segunda - Sala Transitoria del Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció y decidió sobre un recurso de apelación dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Esta competencia se asumió en virtud del Acuerdo PCSJA25-12255, emitido por el Consejo Superior de la Judicatura en enero de 2025, que asignó a esta sala el conocimiento en segunda instancia de este tipo de procesos.
El caso en cuestión versa sobre una controversia relacionada con una bonificación judicial contra la Nación - Rama Judicial. La providencia adoptada corresponde a un auto proferido el 12 de septiembre de 2025, tras el análisis de los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada en primera instancia el 30 de julio de 2024 por un juzgado administrativo transitorio del circuito judicial de Bogotá.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso fue iniciado mediante demanda contra la Nación - Rama Judicial, solicitando la nulidad y restablecimiento del derecho en relación con una bonificación judicial. La sentencia de primera instancia fue emitida en julio de 2024 por el Juzgado Administrativo Transitorio correspondiente, resolviendo el caso en favor de una de las partes.
Posteriormente, ambas partes interpusieron recurso de apelación contra dicha sentencia. Inicialmente, el 27 de septiembre de 2024, se profirió un auto que admitió el recurso de apelación presentado por la parte demandada y ordenó traslado para alegar de conclusión. No obstante, la parte actora también interpuso recurso de apelación, lo que motivó la revisión del trámite por parte del tribunal de segunda instancia.
Consideraciones y fundamentos del auto
El tribunal examinó las disposiciones legales aplicables, en particular el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, que regula el trámite de los recursos en este tipo de procesos.
Se determinó que ambos sujetos procesales, con interés legítimo en el proceso, presentaron y sustentaron oportunamente sus recursos de apelación contra la sentencia de primera instancia. En consecuencia, por razones de economía procesal y respeto al derecho de defensa, el tribunal decidió admitir ambos recursos.
Asimismo, se dejó sin efectos el auto del 27 de septiembre de 2024 que admitía únicamente uno de los recursos y concedía traslado para alegatos. En su lugar, se ordenó correr traslado a las partes para que presenten por escrito sus alegatos de conclusión dentro de los diez días siguientes a la notificación del presente auto. Esta medida busca garantizar la igualdad procesal y el debido proceso.
Finalmente, se dispuso notificar la decisión a las partes y al Ministerio Público, conforme a lo establecido en los artículos 198, 199 y 201 del CPACA, modificados por la Ley 2080 de 2021, para continuar con el trámite correspondiente.
Implicaciones procesales y siguientes pasos
Con esta providencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca reafirma el principio de economía procesal y la importancia de garantizar la participación plena de las partes en el proceso judicial. La admisión de ambos recursos y la orden de presentación de alegatos aseguran un análisis integral en la segunda instancia.
El expediente será devuelto al despacho para continuar con el trámite judicial, y una vez cumplidos los términos para alegatos, se procederá a resolver el recurso de apelación conforme a las normas procesales vigentes.
Esta decisión destaca la aplicación rigurosa de las normas procesales administrativas y el respeto a los derechos de las partes dentro del sistema judicial colombiano, en especial en procesos que involucran derechos laborales y compensaciones dentro de la Rama Judicial, reafirmando así el compromiso del tribunal con la justicia y la legalidad en la administración pública.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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