Tribunal Administrativo de Cundinamarca exige informe sobre radicación de proyecto para creación de la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá
Tribunal Administrativo de Cundinamarca exige informe sobre radicación de proyecto para creación de la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá
Proviene de: Sentencias
18 de septiembre de 2025 14:25:8
Providencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, emitió un auto el 9 de septiembre de 2025, en el marco de un proceso de acción popular. La providencia responde al seguimiento del cumplimiento de una orden judicial impartida por el Consejo de Estado - Sección Primera, mediante sentencia de segunda instancia dictada el 28 de marzo de 2014.
Antecedentes fácticos y procesales
En la sentencia de 2014, el Consejo de Estado ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dentro de un plazo perentorio e improrrogable de seis meses a partir de la ejecutoria de la sentencia, presentar un proyecto de ley para la creación de la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá (GCH) y del Fondo Común de Cofinanciamiento (FOCOF). Esta orden buscaba garantizar la adecuada gestión ambiental y administrativa de la cuenca hidrográfica, en beneficio de los derechos colectivos y el medio ambiente.
No obstante, más de diez años después, la creación formal de la gerencia no se había materializado. En 2025, el Tribunal continuó el proceso de verificación y seguimiento del cumplimiento de la orden judicial. En mayo de 2025, se solicitó un informe detallado al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se convocó a una audiencia para articular a los actores relevantes.
Durante junio y julio de 2025, se realizaron diversas diligencias para facilitar el diálogo entre el Ministerio y el Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá (CECH), instancia conformada por entidades públicas, organizaciones no gubernamentales y representantes sociales, con la finalidad de consolidar el proyecto de ley. En este contexto, se concedió una prórroga al Ministerio para presentar el proyecto, extendiendo el plazo original por diez días hábiles adicionales.
El 26 de agosto de 2025, el Ministerio remitió un borrador del proyecto de ley ajustado, incorporando las observaciones del CECH y del Departamento Nacional de Planeación, y lo sometió a consideración del Tribunal antes de su radicación ante el Congreso de la República.
Consideraciones de la providencia: seguimiento y exigencia de cumplimiento
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca recordó que, conforme al artículo 34 de la Ley 472 de 1998, el juez popular mantiene competencia para adoptar las medidas necesarias que garanticen la ejecución de las sentencias. En este sentido, el Comité de Verificación de Cumplimiento, presidido por la autoridad judicial y conformado por las partes, el Ministerio Público, el CECH y organizaciones reconocidas, cumple un papel clave como espacio de articulación para la protección efectiva de los derechos colectivos.
Durante el seguimiento se constató que, pese a las acciones emprendidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las múltiples sesiones de trabajo con el CECH, la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá aún no ha sido formalmente creada a través del proyecto de ley ordenado hace más de una década.
El Tribunal destacó que, aunque ha facilitado espacios de diálogo y coordinación para la estructuración del proyecto, no es competencia del despacho calificar el contenido del borrador antes de su presentación oficial ante el Congreso, dado que el Ministerio tiene autonomía en la elaboración de iniciativas legislativas.
Finalmente, el Tribunal estableció que el plazo para la radicación del proyecto, correspondiente a los quince días hábiles posteriores al inicio de la legislatura 2025-2026 (instalada el 20 de julio de 2025), más la prórroga concedida, venció el 27 de agosto de 2025. Por ello, requirió formalmente al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que, en un término de cinco días hábiles, informe si efectivamente radicó el proyecto de ley ante el Congreso, conforme a la orden judicial y a los términos fijados por la autoridad judicial.
Conclusión del auto
El auto proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca enfatiza la importancia del cumplimiento efectivo de las órdenes judiciales orientadas a la protección de derechos colectivos y la gestión ambiental. La providencia refuerza el papel activo del juez popular en la supervisión de la ejecución de las sentencias y en la promoción de la coordinación interinstitucional.
Así, se mantiene el seguimiento riguroso sobre la creación de la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá, instancia clave para la gestión sostenible de uno de los recursos naturales más importantes de la región, destacando el compromiso del sistema judicial con la garantía de derechos ambientales y colectivos. Este seguimiento continuará hasta que se verifique la efectiva radicación y avance del proyecto de ley, evidenciando la voluntad del Estado para cumplir con sus obligaciones jurídicas y ambientales en beneficio de la sociedad y el entorno.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.