Providencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en primera instancia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Primera - Subsección C, a través de su despacho número siete, profirió un auto el 15 de septiembre de 2025, dentro del proceso identificado con radicado número 25000-23-41-000-2025-00968-00. La providencia se refiere a un medio de control sobre el cumplimiento de normas con fuerza material de ley o actos administrativos, promovido por una ciudadana contra la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y la Unidad Administrativa Especial de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se centra en la falta de provisión de ciertos cargos públicos denominados “Analista III”, código 203, grado 3, dentro de la DIAN. Ante la ausencia de respuesta clara sobre el estado de estos cargos, el despacho judicial, mediante auto del 14 de agosto de 2025, requirió a las entidades demandadas información detallada respecto a:
- El estado actual de los cargos desde el año 2022, especificando si se encuentran en vacancia, provisionalidad, provisionalidad temporal o en carrera administrativa.
- Si dichos cargos fueron ofertados y su ubicación.
- La fecha en que se generó la vacante.
- La razón por la cual no se reportaron para uso de la lista de elegibles.
Adicionalmente, a la CNSC se le solicitó informar cuántos cargos con las características mencionadas fueron declarados desiertos en convocatorias, así como los mecanismos previstos para cubrir estas vacantes en aplicación de la Ley 1960 de 2019.
El 21 de agosto de 2025, la CNSC atendió el requerimiento presentando la información solicitada. Sin embargo, la DIAN no respondió, a pesar de haber sido requerida en dos oportunidades.
Consideraciones y fundamentos del auto
El despacho judicial valoró la presentación de la documentación por parte de la CNSC y la falta de respuesta por parte de la DIAN, lo que motivó la decisión de incorporar las pruebas aportadas por la Comisión en el expediente virtual. El auto establece además un traslado a la parte actora para que, en un término de tres días hábiles, conozca el contenido de las pruebas documentales allegadas, conforme al artículo 201A de la Ley 1437 de 2011, que regula el procedimiento administrativo en Colombia.
Este trámite procesal es fundamental para garantizar el derecho de contradicción y defensa, antes de que el expediente sea remitido al despacho para la emisión de la sentencia final. La providencia reafirma la importancia del cumplimiento de los términos procesales y la obligatoriedad de las entidades públicas para proporcionar información oportuna y completa en los procesos judiciales.
Impacto y relevancia del auto
Este auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca representa un paso decisivo en la tramitación del proceso sobre la provisión de cargos públicos en la DIAN. La incorporación de pruebas y la apertura del plazo para que la parte demandante pueda analizarlas contribuyen a la transparencia y al debido proceso.
Además, la decisión pone de manifiesto la obligación que tienen las entidades públicas de responder a los requerimientos judiciales en tiempo y forma, aspecto esencial para el correcto desarrollo de los procesos administrativos y judiciales en materia laboral y de recursos humanos dentro del sector público.
El seguimiento a este proceso permitirá conocer cómo se resuelven las controversias relacionadas con la administración de cargos públicos y la aplicación de la normativa vigente, incluyendo la Ley 1960 de 2019, que regula aspectos relevantes en la selección y provisión de personal en entidades estatales.
En conclusión, el auto emitido es un ejemplo del ejercicio efectivo del control judicial sobre la gestión pública y la protección de los derechos de los particulares frente a la administración, contribuyendo a la adecuada administración de justicia en Colombia.